El Congreso de los Diputados aprobó la nueva ley de tráfico, con la sorpresa de la abstención del PP. Los populares adujeron que la reforma tiene un afán recaudatorio y que por ese motivo no podían dar su consentimiento, a pesar de que en la Comisión de Seguridad Vial aprobaron el texto sin ninguna objeción. La nueva ley salió adelante con 193 votos a favor, dos en contra y 137 abstenciones. Ahora, viajará al Senado, donde los partidos prevén incluir alguna enmienda más al texto, que modifica la notificación de multas, endurece los castigos y acota los casos para perder puntos.
Una de las principales novedades es el cambio en las notificaciones. Pasa de las tres actuales a una. Con esta medida, se quiere agilizar cuanto antes el cobro de sanciones y que se terminen con sus expedientes. Uno de los principales problemas es la garantista legislación española, que permitía alargar por los vericuetos legales de la Administración todo el proceso. Además, desde hace dos meses, cualquier ciudadano puede ser informado de una multa (o cualquier otra notificación) a través de un correo electrónico (facilitado por el Ministerio de Administraciones Públicas) y los móviles.
Con la notificación telemática, Tráfico quiere acabar con los inconvenientes del correo postal que hacen difícil que el titular de un vehículo conozca la existencia de una denuncia, como un cambio de domicilio no notificado o que nadie esté cuando llegue el cartero con la carta certificada. Además, premiará el pronto pago con un descuento del 50%, en lugar del 30% vigente.
Multas fijas
La nueva ley fija unas cantidades económicas exactas para las sanciones: 100 euros, las leves; 200, las graves, y 500, las muy graves. De esta manera, se quiere terminar con los cuadros sancionadores de las diferentes administraciones, que no castigan con igual dureza la misma conculcación. No obstante se advierte de que la existencia de «circunstancias adicionales» concurrentes como «los antecedentes del infractor o el peligro potencial creado motivará una especial graduación de la sanción». Además, si el conductor no paga ni alega en 15 días, la sanción será firme en el plazo de un mes y el dinero recaudado con las multas se destinará a la seguridad vial. Y el conductor que tenga dos sanciones firmes graves no podrá renovar el permiso de circulación ni vender el vehículo.
La ley también contempla un acotamiento de los casos en los que se pueden perder puntos. De esta manera, no se restarán hasta que no se sobrepasen los 151 kilómetros por hora en las autopistas o autovías con un sistema variable de entrada en las grandes ciudades como Barcelona. Tampoco perderá puntos, aunque sí serán multados, quien pare en el carril bus y la grúa no se llevará un vehículo aparcado en zona azul sin autorización. Los coches aparcados en sitios designados para discapacitados serán retirados de inmediato por la grúa.
Por otra parte, los conductores que usen los 'anti-radares' serán sancionados con 6.000 euros, la pérdida de 6 puntos y la suspensión del carné de conducir durante tres meses porque pone «en evidencia la manifiesta voluntad del conductor de infringir reiteradamente la ley». También serán castigados los talleres que los coloquen, con penas desde los 3.000 y hasta los 30.000 euros.
Quedan fuera de esta iniciativa los navegadores que avisan sobre la presencia cercana de un radar. Sin embargo, el nuevo reglamento contempla un castigo por su manipulación: 200 euros y tres puntos menos, la misma sanción que se aplica cuando se habla por el móvil. Sólo se podrá observar la pantalla y escuchar los mensajes.
Otras medidas aprobadas son que sólo se podrá pasar la ITV con el seguro obligatorio pagado y no será necesario llevar la documentación en el coche, sino que bastará con tener los papeles en regla.
Otro de los aspectos de la ley es que el registro de vehículos recoja a la persona que es conductor habitual. De esta manera, se abordará de forma adecuada la responsabilidad en el caso en que no se identifique al infractor cuando sea 'pillado' por los agentes.