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El TSJC rechaza no ejecutar los derribos de las urbanizaciones Camino del Portillo y Las Llamas I

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El TSJC rechaza no ejecutar los derribos de las urbanizaciones Camino del Portillo y Las Llamas I

17.06.11 - 19:22 -
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El TSJC rechaza no ejecutar los derribos de las urbanizaciones Camino del Portillo y Las Llamas I
Miembros de AMA protestando ayer ante las puertas del Parlamento de Cantabria. / Fotos: Andrés Fernández
El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha rechazado hoy las solicitudes que planteó el Ayuntamiento de Argoños para no ejecutar los derribos en las urbanizaciones del Camino del Portillo y Las Llamas I, ya que el nuevo plan general no permite la legalización de viviendas ilegales.
La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC se niega a aceptar los incidentes para no ejecutar las demoliciones que planteó el Ayuntamiento de Argoños basándose en la aprobación del nuevo Plan General de Ordenación Urbana (PGOU).
El Ayuntamiento alegaba que el nuevo planeamiento da cobertura a las viviendas con órdenes de derribo, siempre y cuando se realizaran unas modificaciones.
Sin embargo, el TSJC no acepta esa pretensión e insiste en ordenar el derribo porque, según indica, el Ayuntamiento "tampoco ha procedido a legalizar" las viviendas, una posibilidad que, además, el nuevo planeamiento "no permite".
La Sala incide así en que, si no declaró la nulidad del nuevo plan general de Argoños cuando examinó el recurso de ARCA, fue porque este documento "no permite la legalización" de las viviendas, sino que tiene "como presupuesto" el cumplimiento previo de las sentencias de derribo.
El TSJC recalca que en el nuevo PGOU de Argoños "en modo alguno se contempla la posibilidad de ajustar las viviendas a derribar" para cumplir unos determinados parámetros.
Los magistrados destacan por otra parte que el nuevo PGOU se publicó en el Boletín Oficial de Cantabria en marzo de 2007 y advierten al Ayuntamiento de que tenía que haber instado la no ejecución de los derribos en plazo si consideraba que con su aprobación procedía la legalización parcial de las viviendas ilegales.
"No lo hizo dejando transcurrir varios años, por lo que su actuación extemporánea no puede sino interpretarse como una nueva maniobra dilatoria", asevera el auto.
El TSJC subraya que la sentencia de la misma Sala de lo Contencioso Administrativo que confirmó la legalidad del PGOU de Argoños "no introduce ningún hecho relevante" y avisa de que tampoco es firme, porque se puede recurrir en casación.
Para la Sala, la pretensión del Consistorio de promover este incidente de ejecución "no tiene otra finalidad que tratar de impedir de nuevo el derribo de las viviendas".
La Sala de lo Contencioso del TSJC hace estas manifestaciones y rechaza los argumentos del Consistorio en sendos autos fechados los pasados días 29 de abril y 3 de junio, que confirman el derribo de Camino del Portillo (33 viviendas) y Las Llamas I (19 viviendas).
En la resolución sobre Las Llamas I el TSJC autoriza expresamente a la empresa pública Tragsa, a la que se ha encomendado ejecutar las demoliciones, para que recabe el auxilio de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad para cumplir con el mandato de desalojo y derribo de las casas.
Además, el TSJC recalca que la ley que aprobó el Parlamento para que los propietarios de viviendas declaradas ilegales puedan cobrar las indemnizaciones antes de que las demoliciones se concreten no afecta a la ejecución de las sentencias, y solo modifica "la tramitación de los expedientes de responsabilidad patrimonial".
Precisamente la resolución del TSJC del 3 de junio, que se corresponde con las viviendas de Camino del Portillo, es posterior en unos pocos días a unos autos en los que el Tribunal Supremo determina que no ve obstáculos en la aplicación de ley que aprobó el Parlamento para que los propietarios de viviendas declaradas ilegales puedan cobrar las indemnizaciones por daño patrimonial antes de que el derribo sea efectivo.
Indemnizaciones
Junto a estos dos autos, AMA también ha dado a conocer este viernes una sentencia del Supremo --de fecha 1 de junio-- que confirma las indemnizaciones por daños morales acordadas por el TSJC en noviembre de 2006 a favor de 37 propietarios de viviendas en Las Llamas II, también en Argoños.
Aquella sentencia del TSJC, que condenaba al Gobierno de Cantabria y al Ayuntamiento de Argoños al pago de esas indemnizaciones, fue recurrida por los propietarios, que reclamaban también que se les reconocieran ya las indemnizaciones por la pérdida material de las viviendas, no sólo las correspondientes a los daños morales, ya que sino se podría demorar años su pago.
En su día, el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ya dijo que las indemnizaciones por la pérdida de las viviendas no se pueden reconocer mientras no se haya producido el daño, es decir, hasta que se haya materializado el derribo, pero les reconoció en cambio las indemnizaciones por los daños morales ya sufridos.
En concreto, las indemnizaciones ascienden a 12.000 euros en los casos en los que la vivienda sea la residencia principal, y de 9.000 euros si se trata de la segunda residencia.
Ahora, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo respalda los argumentos del TSJC, con lo cual, no acepta el recurso de AMA y declara firme la anterior sentencia que reconocía las indemnizaciones sólo por los daños morales
Duras críticas de AMA
El presidente de la Asociación de Maltratados por la Administración (AMA), Antonio Vilela, ha acusado hoy a la Justicia de "menospreciar, machacar y humillar" a los propietarios de viviendas afectadas por sentencia de derribo.
"Por mucho menos daño que el que nos están haciendo a nosotros, hay reclusos en nuestras cárceles. En Cantabria es cierto aquello de que la Justicia, como las serpientes, muerde al que va descalzo", asegura Vilela, en una carta remitida a la prensa, tras los nuevos autos judiciales que apremian al Ayuntamiento de Argoños a dar cumplimiento a dos de las sentencias dictadas en su municipio
Vilela sostiene que las instituciones están haciendo "un uso perverso del Derecho y de las leyes" con los afectados por las sentencias de demolición, "imponiéndoles un castigo constante e intencionado, atentando contra la salud física y psíquica de estas personas, de las víctimas de esta situación".
El presidente de AMA califica los autos del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) que rechazan dejar sin efecto la orden de demolición de las urbanizaciones de Camino del Portillo y Las Llamas I de resoluciones que "ignoran" y "maltratan" a los afectados.
"Otra puñalada. Es igual lo que presentemos, da igual las leyes que apruebe el Parlamento de Cantabria o lo que recomiende el Parlamento Europeo, 'a estos nos los cargamos'", se lamenta.
Antonio Vilela alude en su carta al criterio que mantiene la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC, según el cual, la Ley de Cantabria que obliga a pagar a los afectados una indemnización antes de derribar su casa no puede paralizar la ejecución de sentencias que son firmes hace ya años.
El presidente de AMA denuncia que los afectados están siendo sometidos a "un atropello" por parte de las instituciones e insiste en su crítica al papel que desempeñan los tribunales de Cantabria.
"Veintiséis sentencias de derribo y ni una sola medida cautelar o preventiva por parte de esta Sala para paliar el daño que están haciendo a familias inocentes", se queja Vilela, que pide que se entiendan sus manifestaciones como "un grito desgarrado de auxilio".
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