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Las asociaciones de sordos y Educación se enfrentan por tratamiento a un alumno

Ignacio portilla reclama al Gobierno

Las asociaciones de sordos y Educación se enfrentan por tratamiento a un alumno

La consejería insiste en que recibe el apoyo adecuado, mientrs Fescan y CNSE dicen que la actuación del Gobierno es "una vulneración a los derechos de las personas sordas"

07.02.12 - 20:16 -
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La Consejería de Educación del Gobierno de Cantabria y la Federación de Personas Sordas de Cantabria (Fescan) y la Confederación Estatal de Personas Sordas (CNSE) se enfrentan por el tratamiento educativo que recibe Ignacio Portilla, quien a reclamado al Gobierno seguir sus clases mediante el sistema de signos y le ha sido denegado.
Así mientras Educación ha defendido que el tratamiento educativo que ha recibido y recibe el alumno Ignacio Portilla, que padece una hipoacusia profunda, es "el adecuado" Fescan y CNSE opina que se le ha denegado el servicio de interpretación sin tener en consideración los derechos del estudiante y alegando que “este lenguaje -(la lengua de signos española)- no es la vía adecuada para este alumno al tratarse de una vía ya superada por él, que además no es conocida por el común de la población”. A juicio de las dos organizaciones, la actuación del Gobierno es "una vulneración a los derechos de las personas sordas", y "no sólo fomenta la exclusión social y las barreras comunicativas, sino que además no cumple con la normativa vigente". Por esta razón exigen a la administración educativa que rectifique su postura.
Explican que Ignacio Portilla está matriculado en un ciclo de Sistemas microinformáticos y Redes que presenta la dificultad añadida de tener un amplio rango de términos en inglés, razón por la que solicitó el apoyo de un interprete de signos.
Por su parte, la Consejería ha explicado en un comunicado que Ignacio portilla ha recibido un tratamiento educativo específico durante su etapa de enseñanza obligatoria, fundado en el tratamiento elegido por su familia, que ha consistido en la apuesta por el desarrollo del lenguaje verbal y la lectura facial. Para ello, se realizó una adaptación de acceso a las enseñanzas consistente en pautas de comportamiento del profesorado que profundizaban en la vocalización, frontalidad y contacto visual al dirigirse al alumno. Esta adaptación se sigue realizando, según el informe del Servicio de Inspección de la Consejería.
A esto añaden que la petición que demanda el alumno de un intérprete de signos en el centro educativo para que le forme en dicho lenguaje, no puede ser atendida por tratarse de un alumno matriculado en una etapa postobligatoria (en concreto, un Ciclo Formativo de Grado Medio de Informática).
Además, el dictamen de sus técnicos, como el orientador del centro, "desaconseja" la utilización del lenguaje de signos, ante la evolución positiva del alumno y su integración en el grupo clase.
"Proporcionarle el intérprete constituiría, como hemos dicho, una regresión en su evolución", sostienen, añadiendo que "la propia familia del alumno no quiere que se le proporcione el intérprete por estar de acuerdo con el dictamen de los servicios técnicos de la Consejería de Educación".
Por todo ello, la Consejería se reafirma en que su actuación respeta la normativa vigente y rechaza por "infundadas y carentes de sentido" las acusaciones de Fescan y CNSE de "fomentar la excusión social y las barreras comunicativas".
Sin embargo Fescan y CNSE no comparten este criterio. Ambas entidades han recordado que los servicios de intérpretes de lengua de signos deben prestarse de manera universal y gratuita y que, por tanto, negar a un alumno o alumna sorda este servicio, no sólo impide su acceso a la enseñanza, sino que infringe leyes como la 51/2003 de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, el Estatuto del Estudiante Universitario aprobado por el Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre o la Ley 27/2007 que reconoce las lenguas de signos y los medios de apoyo a la comunicación en nuestro país y la Convención Universal de los Derechos de las Personas con Discapacidad.
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