
Imagen de archivo del juicio por el despido de Díaz de Villegas de la CEOE./ Foto: Andrés Fernández
El Juzgado de lo Social Nº1 de Santander ha fallado a favor del exsecretario general de la CEOE, Yves Díaz de Villegas, en su demanda contra la junta directiva de la patronal cántabra por su despido, hecho efectivo el pasado 26 de septiembre. El fallo estima íntegramente la demanda, considera el cese del demandante como "despido nulo", con la condena a la demandada, la CEOE, a readmitirlo en su puesto de trabajo en idénticas condiciones laborales a las que regían antes del despido, y a que le abone los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la efectiva readmisión.
El juez considera que la relación laboral es de carácter común, no de alta dirección, y que la decisión de destituir a Díaz de Villegas resulta "constitutiva de despido nulo por la vulneración del derecho fundamental de tutela judicial y principio de indemnidad", al considerarse acreditado que el móvil de la decisión fue la "represalia" por las denuncias sobre supuestas irregularidades en el gestión de la CEOE formuladas nueve meses antes por el propio Díaz de Villegas y finalmente archivadas en los juzgados.
Durante el juicio, la CEOE defendió que el despido se debió a la «pérdida de confianza» tras las «denuncias falsas» presentadas por el exsecretario. Pero la Fiscalía ya dejó clara su valoración al afirmar que despedir al exsecretario general de CEOE fue una «represalia» como consecuencia de haber puesto en conocimiento del expresidente, Miguel Mirones, ciertas irregularidades. Una represalia que «puede vulnerar la Constitución».
Ambas partes coincidieron en la vista en que cuando fue contratado Díaz de Villegas, en julio de 2007, el documento que se firmó por ambas partes fue uno del tipo laboral convencional. Sin embargo, desde la patronal defendieron que era de alta dirección porque, de acuerdo con sus estatutos, del secretario general dependen «todos los acuerdos» de la dirección y es el que los ejecuta. El tribunal da ahora la razón al demandante.
Auditoría
Dentro de la sentencia se recoge que la auditoría a la que se sometió la CEOE-Cepyme y que realizó Deloitte, detectó la participación "activa" del entonces presidente Miguel Mirones en la selección de las ofertas para la ubicación del Centro de Formación de la patronal cántabra en la zona de Cajo, que finalmente se adjudicó a una nave propiedad de su cuñado, en una votación en la que, no obstante, se abstuvo.
Sin embargo, los auditores no encontraron "evidencias" de la participación de Mirones en otras irregularidades denunciadas por Díaz de Villegas, como el incumplimiento de las normas de contratación o de concursos, ni de su relación directa con las empresas mencionadas por el exsecretario general.
Tras la carta que Díaz de Villegas remitió a los miembros de la Junta Directiva detallando estas cuestiones, se encargó una auditoría, cuyos resultados difundió Mirones, explicando que confirmaban las irregularidades, pero desvinculándole de ellas.
La auditoría, cuyas conclusiones vienen recogidas en la sentencia que declara nulo el despido de Díaz de Villegas tras estos hechos, sometió a verificación los puntos indicados por este en su carta del pasado 22 de febrero.
Y después de hacerlo, no encontraron "evidencias suficientes" para afirmar que, como sostenía Díaz de Villegas en su denuncia del 22 de febrero, Mirones "haya actuado para favorecer la creación y utilización de un entramado de empresas, aparentemente distintas y gestionadas por distintos administradores, para autoadjudicarse todo tipo de contratos de Ceoe".
En cuanto al centro de formación, los auditores señalaron que la nave arrendada era propiedad del cuñado de Mirones, que se abstuvo en la votación de la elección entre las siete ofertas que se plantearon.
No obstante, los auditores apuntaron, en base a los testimonios recabados de personas participantes en el proceso de selección, que Mirones "pudo haber favorecido" la elección de la nave que finalmente resultó adjudicataria, ya que declararon que este "participó activamente" en la obtención de ofertas.
En ese centro, tras la inspección física que hicieron los técnicos de Deloitte, comprobaron que había "grandes espacios no utilizados".
Y señalaron que, pese a que la nave figuraba en el contrato como acondicionada, sin necesidad de obras, finalmente se efectuaron trabajos por importe de 646.826 euros, casi el 20% del total de la inversión, en tareas como la nivelación del suelo o la instalación eléctrica de un centro que carecía de licencia de apertura todavía el año pasado y sobre el que pesaba orden de demolición judicial --recurrida--.
La cuenta de pérdidas y ganancias del centro de formación reflejó pérdidas de 74.365 euros, pero los auditores matizaron que, atendiendo a su financiación, amortización y distribución de las subvenciones recibidas, las pérdidas ascendían hasta los 113.644 euros.
"No hemos encontrado evidencias concluyentes de que se produjera una contratación irregular en el alquiler de la nave para el centro de formación ni de que esta se pueda considerar que ha sido perniciosa para la CEOE", afirman los auditores.
No obstante, añaden que "los hechos y las manifestaciones descritas anteriormente indican que Miguel Mirones pudo haber participado activamente en la selección de ofertas para el alquiler de la nueva y, por tanto pudo haber favorecido la elección".
Los auditores no encontraron evidencias suficientes para comprobar que se suprimió "en secreto" el uso de una herramienta de gestión como fórmula para la "ocultación de irregularidades", ni tampoco de que estuviera previsto externalizar servicios de la patronal.
Ni de otros extremos, como la falsificación de la firma de Díaz de Villegas en una carta sobre la modificación estatutaria, que este "firmó personalmente", como concluyen los auditores tras realizar informes periciales caligráficos, cuestiones denunciadas por él en su carta de hace un año.
La empresa de catering
Además, la auditoría no encontró ningún vínculo "adicional" entre la empresa de catering y el entonces presidente de la patrona, más allá de su domicilio en el local del que, junto a otra de las empresas, era "parcialmente" propietario Mirones .
Tampoco encontró la auditoría esos vínculos "adicionales" del expresidente con el resto de empresas mencionadas por Díaz de Villegas.
Pero sí "identificaron" evidencias que "parecen indicar" que desde uno de los departamentos se "favoreciera" la contratación de "determinadas empresas" con cuyos administradores mantenía "vínculos" la vicesecretaria general.
En el caso de la empresa de catering, era la "principal empresa" con la que trabajaba la patronal, algo que se justificaba por ser la "única empresa" del sector asociada a Ceoe -condición necesaria para prestar servicios a la organización empresarial-.
No obstante, los auditores advirtieron que su alta como asociada coincidió con su primera factura, y concluyeron que, al igual que otras de las empresas, "podrían estar recibiendo un trato preferente" por parte de Ceoe-Cepyme.
Asimismo, detectaron que otra sociedad "podía haber sido utilizada" para "canalizar" facturas, "lo que crearía una apariencia de estar empleando los servicios de distintos proveedores".
Las sociedades que presentaron ofertas estaban "relacionadas entre sí" y, en algunos los casos, "vinculadas indirecta y personalmente" con la vicesecretaria general.
Los encargados de Deloitte ponen ejemplos de contratación sin concurso y de vulneraciones de los procedimientos internos -empresas del mismo grupo participando en concursos- y otras de alquileres de aulas y medios de formación para cursos que "podrían no haberse prestado realmente".
En la política de personal, se vulneraron los procedimientos habituales, y hubo un número "significativo" de contrataciones externas directas de directivos y técnicos, pero sin "evidencias" de que fueran realizadas directamente por Mirones.