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Condenan al jefe de la Policía de Camargo por empujar y amenazar a un subordinado

El juez considera a Jesús Salmón autor de un delito leve de maltrato por el que tendrá que pagar una multa de 300 euros o plantear recurso

JESÚS LASTRA

Viernes, 29 de abril 2016, 14:44

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El Juzgado de Instrucción nº 2 de Santander ha condenado al jefe de la Policía Local de Camargo, Jesús Salmón, por empujar y amenazar a un agente en prácticas durante una discusión en su despacho. El magistrado Miguel Ángel Agüero, en una sentencia fechada el 25 de abril, considera al mando policial autor de un delito leve de maltrato tipificado en el Código Penal y le castiga a una multa de 300 euros. El fallo, no obstante, puede apelarse ante la Audiencia Provincial de Cantabria.

La resolución, a la que ha tenido acceso este periódico, considera probados buena parte de los hechos que se dirimieron en vista oral el pasado día 19. A saber, que el 23 de octubre de 2015 la víctima dejó cargando una táblet en el vestuario y que al no encontrarla finalmente la halló en el despacho de Salmón. Tras pedir permiso para pasar, el superior empezó a recriminar al funcionario en prácticas que cargase el dispositivo en el lugar de trabajo, algo no permitido según el mando.

«Al manifestarle el policía en prácticas que ignoraba que existiese instrucción alguna en dicho sentido pero que, en cualquier caso, ello no le daba derecho a apropiarse de su táblet, el subinspector cerró con un fuerte portazo la puerta de su despacho y a voz en grito comenzó a espetar al agente en prácticas que quién se creía que era, que estaba harto de él, que iba a acabar con él y que iba a hacer todo lo posible para echarle de allí para, seguidamente, propinarle un fuerte empujón que hizo que se golpeara contra la puerta».

Para dar por acreditado este relato resultaron básicos, además de la coherencia del discurso del denunciante tanto en la delación previa como ante el juez, los testimonios de dos agentes, uno de ellos tutor de la víctima, que aseguraron haber oído un fuerte portazo, expresiones como «voy a acabar contigo» y que la puerta y el pladur retumbaban, como si alguien hubiera chocado contra la pared. En cambio, el magistrado recela de la testifical de otra policía que apuntalaba la postura de Salmón, pues éste defendió en el juicio que no profirió amenazas ni empujó a su subordinado, y que tanto solo «traté de tranquilizarle».

Mientras el Ministerio Fiscal no otorgó «verosimilitud» a esta testigo, la sentencia recoge que «no presentó la contundencia y claridad que si tuvieron sus compañeros, particularmente cuando, a pesar de reconocer que escuchó un portazo, sorprendentemente no supo decir si dicho portazo procedía o, cuanto menos, no procedía de la puerta del despacho del subinspector y ello pese a encontrarse a muy poca distancia de dicha puerta».

Sin indemnización

El juez Agüero, en cambio, no accede al resto de pretensiones de la parte denunciante, como una indemnización de 5.797,03 euros más los gastos de asistencia médica, toda vez que la víctima estuvo once días de baja por ansiedad. Según la sentencia, no puede considerarse probada la relación de causalidad. Primero, porque fue atendido dos días después de la agresión; y, segundo, porque ya había sufrido otras crisis similares por su difícil relación con su superior. Tampoco se otorga el agravante de abuso de superioridad, al castigarse en caso de ser física, no jerárquica.

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