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consuelo de la peña
Martes, 26 de abril 2016, 07:13
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Los tribunales han hecho recaer todo el peso de la ley sobre una mujer de 57 años, que vació la cuenta corriente de su tía moribunda para repartirse la herencia millonaria (1,5 millones de euros) con sus tres hermanos, pero guardándose para sí la parte del león, nada menos que 1,1 millones, dejando fuera del reparto a los otros cuatro herederos universales, primos de la acusada.
La sección tercera de la Audiencia ha condenado a María Paloma Jalón a cuatro años de prisión y 3.000 euros de multa como autora de un delito continuado de apropiación indebida. Además tendrá que devolver con intereses la cantidad distraída para su reparto con los herederos. No obstante la sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.
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La resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Agustín Alonso, considera «muy grave» el delito cometido, no sólo por la cuantía de la cantidad apropiada, sino por quedarse con el patrimonio hereditario que pertenecía también a sus siete primos y hermanos, y todo ello «pretendiendo hacer creer a quien la quisiera oír que todo respondía a una donación de su tía, llegando a pagar el importe del Impuesto sobre Donaciones como si ese acto convirtiera en donación lícita lo que no ha sido más que una apropiación indebida ilícita».
El fiscal y los primos de la condenada la acusaron también de una estafa, por la que pidieron seis años de cárcel. Pero el tribunal considera que ese delito no está probado.
Durante el juicio, la mujer pretendió hacer creer al tribunal que, una vez ingresada su tía en el Hospital Valdecilla y dado que su estado se agravaba día a día, decidió, en contra de lo estipulado en el testamento que realizó ante notario un mes antes, favorecer a cuatro sobrinos frente a los otros cuatro, y en especial a ella misma. Tal es así que, según alegó, la anciana la autorizó a sacar todo el dinero que tenía en su cuenta corriente para repartirse el dinero con sus hermanos, eso sí, quedándose ella la mayor parte, 1,1 millones frente a los 400.000 euros que transfirió a sus otros tres hermanos.
Pero la Sala no se ha creído la declaración exculpatoria de la acusada, a la que responsabiliza de «haber ejecutado directa, personal y materialmente los hechos». Sostiene que María Paloma Jalón no ha probado que su tía le ordenara disponer del metálico obtenido por la venta de valores y la «donación» del grueso del mismo a favor de la acusada y de una cantidad inferior a sus hermanos. En este sentido subraya que familiares y amigos de Indalencia Pereda expusieron en el juicio que el deseo de la anciana era favorecer a sus ocho sobrinos, a todos, por partes iguales tal y como constaba en el testamento, una encomienda que realizó «en uso de sus plenas facultades» 21 días antes de su ingreso en el Hospital Valdecilla, del que ya no saldría viva.
Indalencia Pereda Ruiz, de 81 años, realizó testamento en favor de sus ocho sobrinos el 24 de junio de 2010. Vivía sola, era soltera y poseía un notable patrimonio en inmuebles, dinero en metálico en cuentas corrientes y valores mobiliarios, que se vio acrecentado por el fallecimiento anterior de dos hermanas solteras como ella. 21 días después, el 15 de julio, ingresó en Valdecilla, donde falleció el 6 de agosto. Su sobrina Paloma y una hermana de ésta estaban autorizadas para operar en el banco, aunque era la acusada la que solía encargarse de las operaciones relativas a la tía. Según la sentencia, tras la hospitalización de la anciana, la acusada recabó su firma en un documentario bancario en blanco para vender los valores en 1,5 millones, transfiriendo la mayor parte a su cuenta y el resto, 400.000 euros, a sus tres hermanos, que se mostraron en contra y denunciaron los hechos el mismo día del fallecimiento de la anciana.
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