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Condenado a pagar 6.000 euros a dos dirigentes de su sindicato por injurias graves en un blog

Publicó durante un año numerosos artículos en los calificaba de "fachas, tragones beneficiados y pandilla de sirvengüenzas"

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Miércoles, 29 de junio 2016, 07:35

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La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a un representante sindical a pagar una multa de 2.520 euros y a indemnizar con 6.000 euros a dos dirigentes del mismo sindicato al considerarle autor de un delito de injurias graves con publicidad.

El ahora condenado creó un blog en marzo de 2011 que utilizó, amparándose en el anonimato, para "lesionar y menoscabar gravemente la dignidad personal" de dos dirigentes de su sindicato.

Por eso, el tribunal de apelación confirma la condena si bien rebaja la indemnización que la magistrada del Juzgado de lo Penal nº 3 de Santander le impuso en primera instancia: de 20.000 euros de indemnización para cada uno de los dirigentes injuriados a 3.000.

La Audiencia también confirma la decisión de la juez de absolverle del delito de calumnias del que venía siendo acusado, al no encontrar elementos suficientes para considerar que cometió tal ilícito penal.

En una sentencia dictada recientemente, la Audiencia combate los argumentos del ahora condenado de que no tenía ánimo de injuriar y de que las expresiones vertidas en el blog están amparadas por la libertad sindical.

El tribunal señala en su sentencia que los comentarios son "altamente ofensivos e injuriosos, incluyendo calificativos que no se compadecen con el ánimo de criticar o informar alegado por el recurrente".

En este sentido, subraya que el acusado se refiere a los dos dirigentes de su sindicato "de forma reiterada y sistemática con calificativos tales como fachas, tragones beneficiados, pandilla de sinvergüenzas, impresentables, indecentes, corruptos o mierda de personajes".

"La naturaleza de tales comentarios unida al gran periodo de tiempo durante el que dicho blog permaneció activo pone de manifiesto que el acusado actuó guiado por un inequívoco ánimo de injuriar", señala.

Además, responde a la alegación del acusado de que había creado el blog para servir de medio de comunicación entre seis u ocho conocidos destacando que tuvo una "publicidad inusitada" al registrar más de 57.000 entradas, tal y como el acusado se encargaba de destacar en el blog.

Finalmente, en relación a la indemnización, la Audiencia entiende que la conducta del condenado "tuvo que provocar un lógico y humano sufrimiento personal o daño moral", atendiendo a que las injurias se prolongaron en el tiempo y que además el blog tuvo gran difusión en el ámbito del sindicato.

Sin embargo, señala el tribunal que ninguno de los dos dirigentes injuriados ha acreditado los padecimientos que manifestaron en el juicio, por lo que la sala entiende proporcionada una indemnización para cada uno de 3.000 euros.

Igualmente, explica que no se ha fijado indemnización alguna para el sindicato pues, al tratarse de una persona jurídica, no puede hablarse de daño moral y "no se ha acreditado que hubiera sufrido algún tipo de perjuicio económicamente evaluable".

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