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Sentencia pionera en Cantabria que anula una cláusula suelo por abusiva a una empresa

La resolución, que puede ser recurrida ante la Audiencia, abre la puerta a que no sólo los particulares reclamen

Consuelo de la Peña

Jueves, 9 de febrero 2017, 07:17

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El Juzgado de lo Mercantil de Santander ha reconocido el derecho de una empresa a recuperar el dinero pagado de más en una hipoteca por la cláusula suelo, abriendo así la puerta a que no sólo los particulares reclamen estas cantidades a sus entidades financieras, como ocurría hasta ahora. La sentencia, la primera en Cantabria en este sentido, abre un debate jurídico que con toda probabilidad terminará en la Audiencia Provincial.

La sentencia, dictada por la juez Cristina Rodiz, declara que la cláusula es "abusiva" porque es "contraria al principio de buena fe" y causa "un desequilibrio importante" entre los derechos y obligaciones de las partes. La magistrada anula así la cláusula contenida en una hipoteca firmada en 2005 entre Bankia y una farmacéutica para la adquisición de una botica, que fijaba un interés mínimo del 3% y un 15% máximo. La sentencia subraya que la chica adquirió la farmacia "como medio para ganarse la vida", con el aval de sus padres, y la información que recibió fue "a todas luces insuficiente", infringiendo así, no la legislación de consumidores, que no sería aplicable, sino "las previsiones generales para cualquier contrato del artículo 1.259 del Código Civil". Es decir, la magistrada establece que debe imperar el principio de buena fe frente a las cláusulas abusivas, sea o no consumidor el afectado, tal y como había argumentado el abogado de la afectada, Diego Sarabia. En este sentido, la sentencia alude a que la empleada del banco reconoció que "nunca" se explicó a la joven que las condiciones del préstamo, teóricamente a interés variable, lo convertían en realidad en un préstamo a interés fijo variable exclusivamente al alza. No obstante, la sentencia no es firme y puede ser recurrida ante la Audiencia.

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