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consuelo de la peña
Viernes, 24 de marzo 2017, 07:18
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La Audiencia de Cantabria ha impuesto cinco años de libertad vigilada a un hombre que, bajo los efectos de un trastorno delirante, se dirigió a la casa de su vecino y le atacó con un palo provisto en su extremo de un cuchillo de doble filo y 19 centímetros de hoja, con el que le seccionó toda la musculatura de un muslo.
El tribunal entiende que el acusado es autor de un delito de lesiones, pero le absuelve al considerar que concurre la eximente completa de alteración psíquica. No obstante, le impone la medida de libertad vigilada y le prohíbe acercarse y comunicar con la víctima, así como la obligación de seguir un tratamiento médico. Además, tendrá que indemnizar al herido con 36.396 euros y al Servicio Cántabro de Salud en la suma de 4.107 euros.
La Sala atiende así a la petición efectuada por el Ministerio Fiscal, a la que se sumó la defensa del acusado, y rechaza la solicitud de la acusación particular ejercida por la víctima, que pidió que su agresor fuera condenado a 10 años de prisión por un delito de asesinato en grado de tentativa.
La sentencia, contra la que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, relata que el 20 de noviembre de 2013, alrededor de las diez de la mañana, el acusado se dirigió al piso del vecino que vive justo encima de él en Torrelavega, provisto de un palo largo al que había acoplado un cuchillo a modo de lanza.
Para conseguir que aquel le abriera la puerta, le dijo que una fuga de agua le estaba causando humedades en su vivienda. Cuando el vecino abrió la puerta y se dispuso a acompañarle a su casa para ver las humedades, el agresor le pinchó a la altura del muslo izquierdo. Entonces se inició un forcejeo entre ambos, en el que la víctima trató de desarmar al acusado, que continuaba con el arma en la mano.
Los vecinos, alertados por los gritos de auxilio, avisaron al hijo del agresor, quien llegó a la casa del vecino y aporreó la puerta que se encontraba cerrada. Fue entonces cuando el acusado cesó en el ataque y él mismo abrió la puerta, abandonando acto seguido padre e hijo el domicilio.
Según constató la Audiencia, en el momento de producirse los hechos el encausado sufría un «trastorno delirante persistente que anulaba completamente sus facultades volitivas e intelectivas». Los médicos forenses informaron que se encontraba en fase aguda y como consecuencia del mismo «tenía la percepción alterada y con ello el juicio de la realidad, percibiendo ruidos y sonidos de forma peculiar».
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