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El acusado de agresión sexual a una niña de cinco años, cuya condena está nominada a los premios, durante el juicio celebrado en enero en la Audiencia de Cantabria.
Premio 'Garrote' para la sentencia que cuestionó la resistencia de una niña a abusos sexuales

Premio 'Garrote' para la sentencia que cuestionó la resistencia de una niña a abusos sexuales

El controvertido fallo de la Audiencia de Cantabria opta a unos premios internacionales sobre Género y Justicia por 'discriminatoria y sexista'

Mariña Álvarez

Miércoles, 3 de mayo 2017, 12:37

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Una sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Cantabria en marzo a raíz de un juicio por abusos sexuales a una niña puede llevarse un premio. Pero en la categoría 'Garrote', que es la escala negativa en los Premios Género y Justicia al Descubierto 2017, que visibilizan cómo la justicia puede hacer avanzar o retroceder la igualdad de género. Hay siete decisiones judiciales de toda España que optan a estos galardones, que es el país con más nominaciones, pero cuatro de ellas compiten entre las 'peores'. Aquí es donde se enmarca la cántabra, que podría ganar por 'discriminatoria y sexista', según los baremos establecidos en tales galardones.

El fallo elegido para formar parte de este ranking no consideró probado que una niña, que tenía 5 años cuando comenzaron los abusos, opusiera resistencia a las agresiones sexuales de su vecino. Y para la organización internacional Women's Link Worldwide, creadora de estos premios, es "un ejemplo claro de los estereotipos que existen en la justicia sobre el comportamiento que una mujer, en este caso una niña, debe tener frente a una agresión sexual".

Estos Premios Género y Justicia al Descubierto 2017 permiten a los ciudadanos votar y enviar un mensaje directo a los jueces de todo el mundo para exigirles que protejan los derechos de las mujeres y las niñas, aunque también para reconocer el trabajo de aquellos tribunales que luchan por la igualdad de género. Desde hoy y hasta el 31 de mayo se pueden votar las 35 sentencias de todo el mundo nominadas a los Premios Género y Justicia, a través de la web de esta organización y el fallo se hará público el 7 de junio.

La de la Audiencia de Cantabria tiene serios competidores en la categoría 'Garrote', como una sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia que confirmó la absolución por abuso y acoso sexual de un jefe de departamento de unos grandes almacenes que llamaba a las dependientas "chochitos", o la del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que rebajó la pena de 25 a 17 años de prisión a un hombre con el argumento de que asesinar a su ex pareja de 30 puñaladas no tienen como objetivo aumentar el sufrimiento en la víctima.

Las sentencias que hacen avanzar la igualdad

En el lado positivo, la categoría 'Mallete', hay tres sentencias españolas que optan a convertirse en mejor decisión judicial por hacer avanzar la igualdad de género. Como la del Tribunal de Justicia de Canarias que definió jurídicamente por primera vez la técnica de juzgar con perspectiva de género en España. "En la sentencia, el tribunal afirmó que la violencia de género no es un problema que afecta al ámbito privado, que la perspectiva de género se debe aplicar en todas las normas y que debe ser tomada en cuenta por todos los poderes del Estado. Además, señaló que los estereotipos de género son la base de la discriminación contra las mujeres", concluye la ONG.

Dentro de las nominadas al premio Mallete figura también la decisión judicial adoptada por la acción de la Fiscalía y de un Juzgado de Madrid sobre el autobús tránsfobo que circulaba por la capital española; y la del Juzgado de Instrucción número 8 de Las Palmas de Gran Canaria que reconoció discriminatorio entregar más cantidad de productos básicos de aseo y de ropa interior a hombres que a mujeres en un CIE.

No se opuso, ni protestó, lloró o gritó

Volviendo a la sentencia cántabra, la Audiencia de Cantabria condenó a tres años y nueve meses de cárcel a un hombre por abusar sexualmente durante cinco años de una vecina suya menor de edad, desde que tenía cinco años hasta los once.

En la sentencia, la Sección Tercera de la Audiencia no consideró los hechos como agresión sexual, como solicitaban la Fiscalía y la acusación particular, que pedían nueve y diez años de cárcel, respectivamente, al entender que no había quedado probado que la menor se resistiera, cuestión que podría probar que había existido la violencia e intimidación necesarias para calificar los hechos como agresión.

Los abusos continuados sobre la menor, vecina de la casa colindante, se produjeron entre 2005 y 2010 en la vivienda del acusado y en una caseta de obras acondicionada que tenía en el jardín de su propiedad. Durante esos hechos, el tribunal no considera probado que la niña "opusiera resistencia física o protestara, llorara o gritara", sino que era "habitual" que volviera a la casa de este hombre que le hacía regalos "para contentarla" (consolas, ordenador portátil, teléfonos móviles).

No se ponen en duda que tales abusos sexuales ocurrieran. La sentencia considera probado que el hombre realizó los tocamientos y actos lascivos valiéndose de la amistad y la confianza con la familia de la niña, que éstos fueron a más y que el testimonio de la menor es creíble.

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