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El Ejecutivo convoca la orden de ayuda para rehabilitar edificios municipales

El Ejecutivo convoca la orden de ayuda para rehabilitar edificios municipales

Obras Públicas ha concedido ya un total de 76 subvenciones a Ayuntamientos y Juntas Vecinales por importe de 3,9 millones de euros, durante las convocatorias de los años 2016 y 2017

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Jueves, 15 de marzo 2018, 07:29

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La Consejería de Obras Públicas y Vivienda ha convocado una nueva orden de subvenciones a ayuntamientos y juntas vecinales para la financiación de gastos de inversión que tengan por objeto obras de rehabilitación, reforma, reparación, conservación, mantenimiento y mejora de edificios públicos. Unas ayudas que, en las dos anteriores convocatorias de 2016 y 2017, han supuesto un volumen de inversión pública de 3.936.235 euros en un total de 76 municipios cántabros.

Las ayudas concedidas, con un tope máximo de 50.333 euros, están destinadas a la rehabilitación, arreglo o puesta a punto de patrimonio municipal inmueble, tanto en ayuntamientos como en juntas vecinales que lo soliciten. Así, en anteriores convocatorias, se han presentado proyectos como la rehabilitación de viejos mataderos para centros cívicos o albergues de peregrinos, arreglo de casas consistoriales, reformas de antiguas escuelas, casas de cultura, centros de interpretación u otros servicios como recuperación de viejos mercados, edificios policiales o juveniles y un largo etcétera.

El objeto principal de la ayuda es la recuperación y puesta en valor de este patrimonio en edificios destinados tanto al uso general como al funcionamiento operativo de los servicios municipales y, complementariamente, hasta un determinado porcentaje, los gastos de inversión en las obras de urbanización y reurbanización de su entorno y los gastos en honorarios de los profesionales intervinientes, así como el coste de redacción de los proyectos, informes técnicos y certificados necesarios. Además sólo quedan excluidos de la convocatoria los inmuebles sanitarios y educativos, que ya cuentan con otras vías de financiación o mantenimiento.

Por otro lado, entre los requisitos que tienen que cumplir los ayuntamientos destaca la remisión a la Consejería del censo de edificios, con anterioridad a la presentación de la solicitud de la ayuda. A la par, en el caso de las juntas vecinales, un requisito muy importante es que deberán haber cumplido con la obligación de presentar sus cuentas ante los organismos correspondientes del Estado y de la Comunidad Autónoma. Asimismo, los inmuebles deberán mantener la finalidad para la que se ha solicitado la subvención al menos durante cinco años.

Las peticiones de subvención serán evaluadas mediante puntuación por criterios de necesidad, utilidad, mejora en la calidad y sostenibilidad, presupuesto base de licitación, cuantía presupuestaria o presentación completa de solicitud en tiempo y forma. Además, el plazo máximo de resolución y notificación será de seis meses contados a partir de la publicación del extracto de la convocatoria.

Otras convocatorias

La Consejería de Obras Públicas y Vivienda convocó por primera vez está orden de rehabilitación de patrimonio local en 2016. Ese año se concedieron un máximo de cuarenta ayudas por un importe de caso dos millones de euros. De esas peticiones, 31 fueron ayuntamientos y el resto juntas vecinales.

Por otro lado, en la convocatoria de 2017, se presentaron un total de 36 solicitudes por un importe un poco menor de dos millones de euros. De estas ayudas 34 las pidieron los consistorios y dos las juntas vecinales. Asimismo, fuera de la primera y segunda convocatoria quedaron un total de 26 peticiones, en su mayor parte también ayuntamientos que podrán volver a optar a presentar sus proyectos, en esta orden, ya que la misma restringe el número a aquellas entidades que han sido afortunadas con la ayuda en la convocatoria inmediatamente anterior, por lo que en esta ocasión las posibilidades serán mayores.

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