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Esther Merino. DM .
La Fiscalía investiga a Esther Merino por prevaricación y tráfico de influencias

La Fiscalía investiga a Esther Merino por prevaricación y tráfico de influencias

Cabezón de la Sal ·

El Ministerio Público examina la gestión de la senadora en el cobro de tributos locales durante su etapa como alcaldesa de Cabezón de la Sal

Jesús Lastra

Santander

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Sábado, 20 de enero 2018, 13:18

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La Fiscalía de Cantabria ha abierto diligencias para investigar a la senadora Esther Merino (PP) con objeto de dirimir si cometió un delito de prevaricación y tráfico de influencias durante su etapa como alcaldesa de Cabezón de la Sal entre 2011 y 2015 con motivo del sistema utilizado para pilotar la recaudación de tributos locales, que mantuvo a una persona con la que mantenía una relación de amistad a pesar de contar con un informe contrario del departamento de Intervención de la Casona.

El Ministerio Público inició el proceso en diciembre y lo mantiene en la actualidad, según confirmaron fuentes oficiales del organismo a este periódico. Cabe recordar que a pesar de ser aforada, la instrucción inicial de la Fiscalía se deriva a la delegación territorial, en este caso la cántabra. Si las pesquisas arrojan indicios suficientes para armar una causa penal, será el Tribunal Supremo el encargado de esclarecer los hechos.

La fiscal superior de la Comunidad, Pilar Jiménez, recoge así el guante lanzado en noviembre desde el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Santander, que solicitaba se dedujera testimonio contra Merino en el marco de la reclamación presentada por el beneficiario del servicio contra la decisión del municipio de noviembre de 2016 de rechazar pagar las facturas presentadas por el cobro de recaudación directa de impuestos y tasas por importe de 217.009,61 euros. Esta adjudicación no tenía soporte documental al no haber contrato, por lo que el magistrado Luis Acayro Sánchez tumbó la solicitud.

El pleito, en cambio, sirvió para dejar constancia documental de «la adjudicación ilegal de un contrato de gestión durante casi 30 años; la advertencia expresa de Intervención; testimonios que corroboran su conocimiento por los responsables; y el mantenimiento de la misma. Es decir, situaciones que se ajustan a los criterios de la Audiencia de Cantabria y la Fiscalía sobre la concurrencia de los indicios» del delito de prevaricación, rezaba la citada sentencia.

Relación de amistad

Porque, efectivamente, las prácticas irregulares en este ámbito impositivo vienen de lejos en Cabezón de la Sal. Al menos así lo aseguró el recurrente en el pleito contencioso, en cuya demanda alegó que en 1987 se le otorgó el citado contrato de cobro de tasas y gravámenes locales por el periodo de un año por el que percibiría el 12% de lo embolsado. Con todo, desempeñó tal función hasta que el Pleno resolvió el caso en julio de 2016 «por carecer de amparo legal alguno».

Sin embargo, el caso de la senadora Merino es especial por un detalle clave: un informe de Intervención de 14 de abril de 2011 contrario a estos cobros. Era el final de la legislatura de Isabel Fernández (PSOE) al frente del Ayuntamiento, pero con la celebración de elecciones al mes siguiente la responsabilidad para acatar y hacer cumplir tal dictamen recaía en el nuevo equipo saliente tras la cita con las urnas. Los comicios entregaron el bastón de mando municipal a Merino que, sin embargo, mantuvo la situación desoyendo el criterio de Intervención.

¿Los motivos? Los explicó la senadora en la vista oral celebrada en el marco del pleito contencioso. En primer lugar, según la sentencia, dijo que tuvo una reunión con el recaudador para ajustar y reducir su retribución, y mantuvo el servicio al entender que era «necesario». Tras defender que «le constaba que había un contrato de prestación alejado en el tiempo», admitió que no se dejó nada por escrito ni se ratificó.

Pero hay más. En su testifical ante el juez afirmó que «tuvo conocimiento de la situación del recaudador pero la mantuvo por un tema personal, ya que lo conocía y tenía una relación personal», lo que puede ser un indicio de un delito de tráfico de influencias y derivaría incluso en que el beneficiario tuviera que devolver lo ingresado. Además, sostuvo que «no se sometió al órgano competente porque se sabía de la situación irregular en el tiempo» y un nuevo contrato podría conllevar un «fraude de Ley».

La sentencia de noviembre no fue recurrida y es firme, lo que implica que los hechos recogidos en la misma se dan como probados de cara a la investigación de la Fiscalía. Ahora solo resta comprobar el discurrir de los acontecimientos y el impacto que puedan tener en la carrera política de la senadora.

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