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Imagen de archivo de un ciclista en carretera Javier Rosendo
Multa de 28.000 euros por llevar suelto a su perro que tiró a una ciclista que se rompió el brazo

Multa de 28.000 euros por llevar suelto a su perro que tiró a una ciclista que se rompió el brazo

La Audiencia, que confirma una sentencia previa, considera una «negligencia» de la propietaria del can que el animal no estuviera atado para evitar que invadiera la calzada

EFE

Santander

Miércoles, 28 de febrero 2018, 07:49

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La Audiencia de Cantabria ha condenado a la propietaria de un perro a indemnizar con 27.930 euros a una ciclista que se rompió un brazo al caer de la bicicleta en la que circulaba, cuando tuvo que frenar bruscamente por la presencia de ese animal suelto en la calzada.

En su sentencia, dada a conocer hoy, la Audiencia desestima un recurso de la propietaria del perro, que había sido condenada previamente a la misma pena por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Castro Urdiales, al considerar acreditada la versión de la ciclista.

Según la demandante, sale con frecuencia a montar en bicicleta y el día de los hechos circulaba despacio junto con dos amigas por una zona donde no había tráfico cuando un perro irrumpió de forma súbita en la vía y, al no poder esquivarlo, cayó al suelo.

En la sentencia de primera instancia se condenó a la demandada tras escuchar a las dos testigos que presenciaron los hechos, que corroboraron la versión de la ciclista y después de analizar el informe de la policía local que acudió al ser alertada por lo sucedido.

En aquel momento la magistrada entendió «huérfanas de toda prueba» las alegaciones de la propietaria del perro, quien contestó a la demanda señalando que la mujer circulaba a velocidad excesiva.

En su resolución, la Audiencia confirma la decisión de la juez y subraya el hecho de que el perro no estuviera atado ni fuese sujetado al paso de las ciclistas. Además, considera «acreditado en el caso que las lesiones de la demandante fueron causadas por la conducta del perro, la responsabilidad de la demandada es obligada e incontestable».

Y señala como una «negligencia» de la propietaria del perro que el animal no estuviera atado para evitar que invadiera la calzada al paso de las ciclistas, «infringiendo con ello un elemental deber de diligencia», se concluye en la sentencia.

Para la Audiencia queda «clara la relación de causalidad física entre la irrupción del perro en la calzada y la caída de la ciclista, que se produjo al frenar esta ante la presencia del perro dirigiéndose a ella».

Por ello, desestima el recurso de apelación de la demandada, a la que condena al pago de las costas en segunda instancia, en una sentencia contra la que cabe recurso de casación y por infracción procesal ante el Tribunal Supremo.

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