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Ángel Díaz de Entresotos, exdirectivo y exabogado de la Gimnástica (a la derecha), junto a Abel Fernández, expresidente. Luis Palomeque
La Gimnástica, condenada a pagar más de 103.000 euros a Díaz de Entresotos
Fútbol | Tercera

La Gimnástica, condenada a pagar más de 103.000 euros a Díaz de Entresotos

La Audiencia Provincial obliga a abonar las facturas por servicios efectuados entre 2009 y 2011, pero el club todavía puede recurrir

ADELA SANZ

TORRELAVEGA.

Martes, 28 de noviembre 2017, 07:21

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La Audiencia Provincial ratifica la sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción tras la demanda interpuesta por Ángel Díaz de Entresotos Cortés y condena a la Gimnástica «al pago de 93.077,70 euros, más los intereses legales y costas del procedimiento». La cantidad total a abonar al exdirectivo y exabogado de la entidad torrelaveguense en los distintos procesos entre la Gimnástica y el expresidente José García está estimada, según el club, en algo más de 103.000 euros.

La reclamación efectuada por el exdirectivo se fundamenta en los servicios prestados a la Gimnástica a través de los trabajos que como abogado ejecutó en dos procedimientos y sus respectivos recursos, relacionados con los pleitos entre la entidad torrelaveguense y José García. En concreto, Díaz de Entresotos reclama el pago de tres facturas. La primera, de 2011, tiene un importe de 57.790,50 euros. La segunda y tercera, de 2009, por importes de 31.807,20 euros y 3.480 euros, respectivamente.

Los torrelaveguenses pueden recurrir la sentencia hasta finales de diciembre

En un primer momento, la Gimnástica basó su oposición en dos puntos que no han servido, leyendo la sentencia, para convencer a la magistrada: el pacto de gratuidad y la prescripción de la acción al haber transcurrido más de tres años desde que cesó la actuación profesional. Desde el órgano judicial no se consideran probados ninguno. Por un lado, no se acepta el pacto de gratuidad ya que «no es presumible cuando se solicita la prestación de servicios de alguien que se dedica a esa actividad con carácter profesional». Por otro, tampoco se reconoce la prescripción de la acción «ya que en relación a la actividad de los letrados no se computa por cada actividad profesional prestada sino por el conjunto».

Recurso

La sentencia de la Audiencia Provincial tampoco es firme, así que la Gimnástica tiene de plazo hasta el 28 de diciembre para recurrir el fallo e intentar hacer valer sus argumentos en una instancia superior. En caso de no presentarlo, tendrá que negociar un calendario de pagos con Díaz de Entresotos para intentar canalizar este golpe económico de la mejor forma posible.

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