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Eloy Velasco.
La sala de la discordia

La sala de la discordia

El Gobierno y el Poder Judicial agilizaron una reforma para poner en marcha la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional

Mateo Balín

Domingo, 28 de mayo 2017, 14:20

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Se llama Sala de Apelación y es el nuevo órgano que coexistirá en la jurisdicción penal como una segunda instancia que revisará sentencias antes de que lleguen al Tribunal Supremo. Este órgano responde a los reiterados llamamientos de los tribunales europeos ante la falta de garantías del sistema español. Y en la Audiencia Nacional, el tribunal que juzga algunos de los casos de corrupción más mediáticos, comenzará a funcionar el jueves.

Esta sala tendrá tres componentes: los magistrados Enrique López, recusado en el 'caso Gürtel' por su cercanía al Partido Popular; Eloy Velasco, instructor de los casos 'Púnica' o 'Lezo' hasta el pasado jueves, unas investigaciones que afectan a los populares madrileños y que han removido los cimientos de Génova 13; y un tercer integrante cuyo nombre deberá designar el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y que será el presidente. Mientras que el gobierno de los jueces, de mayoría del llamado sector conservador, mueve esta estratégica ficha, el sillón lo ocupará de forma provisional el presidente de la Audiencia Nacional, José Ramón Navarro.

La Sala de Apelación forma parte de una reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial de 2003 aprobada por el Gobierno de José María Aznar. En octubre de 2015, en otra modificación de la norma para introducir novedades en la Ley de Enjuiciamiento Criminal (plazos de la instrucción penal, etc.), puesta en marcha por el Ejecutivo de Mariano Rajoy, se recoge la implantación del órgano judicial a partir del 6 de diciembre de 2015. Sin embargo, el proyecto se quedó en un cajón hasta que el 10 de marzo el Consejo de Ministros aprobó la creación de 16 plazas de magistrado, tres de ellas destinadas a la Sala de Apelación (una demostración de que el Ejecutivo mantiene el control orgánico de los tiempos en el Poder Judicial).

Esta decisión fue el punto de salida de determinados movimientos nominales en el tablero de la Audiencia Nacional. Todo ello en un ambiente generalizado de crispación política debido a las últimas revelaciones judiciales que afectan al PP. Primero con el 'caso Púnica', la «gigantesca» red de tráfico de influencias que afectan a administraciones gobernadas por los populares. Segundo con el estallido del 'caso Lezo' el pasado 19 de abril, que acabó dos días después con el ingreso en prisión de Ignacio González, expresidente de la Comunidad de Madrid, y la dimisión de Esperanza Aguirre de todos sus cargos electos.

Una semana antes de la 'operación Lezo', el CGPJ acordó las condiciones para acceder a las plazas designadas para la Sala de Apelación. Y los dos primeros nombres en salir a la palestra fueron los de Enrique López, el magistrado que con ahínco designó el PP para el Tribunal Constitucional hasta que dimitió por conducir ebrio hace ahora dos años, y Eloy Velasco, exdirector general de Justicia de la Generalitat Valenciana con Eduardo Zaplana.

Un curso clave

Pese a que algunos de los 30 compañeros que buscaban esa plaza -mejor dotada económicamente y muy alejada de la carga de trabajo de juzgados y tribunales- tenían mejor escalafón en la carrera judicial, los elegidos por el Consejo fueron López y Velasco. Para ello primó su condición de «especialistas» en la jurisdicción penal, que no era más que un curso que se ofreció hace más de 20 años para jueces con menos de cinco años de experiencia, no para magistrados, y que a la postre ha sido la llave para que ambos accedieran a la sala.

Vista esta circunstancia y antes de consumarse los hechos, cinco magistrado de la Audiencia recurrieron en abril al Supremo las condiciones de acceso a estas plazas. Alegaron que superaron otras pruebas de especialización penal más exigentes y anónimas convocadas por el CGPJ en 2011, pero que luego anularía el alto tribunal. El Consejo debería haber sacado nuevos exámenes, pero no lo ha hecho. Un factor, voluntario o no, que ha acabado por beneficiar a López y Velasco.

A partir del jueves, la Sala de Apelación será competente para revisar las sentencias que pongan los tribunales de lo penal, incluidas las causas de corrupción. Eso sí, solo para aquellos procedimientos abiertos a partir del 6 de diciembre de 2015, según marca la Ley 41/2015. Por lo tanto, este órgano podrá ver los fallos del 'caso Lezo', pero no los de 'Púnica' o 'Gürtel', incoados con anterioridad. Cuando llegue este momento, se dará la circunstancia de que los dos elegidos por el CGPJ, Velasco y López, tendrían que apartarse por circunstancias obvias. De lo contrario, la independencia judicial volverá a ponerse en duda a ojos de la opinión pública.

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