Habría que preguntar a los responsables políticos cual es la razón última en la que se han basado para aprobar su demolición. Y sobre si han sopesado suficientemente las consecuencias derivadas de una determinación tan fulminante e irreparable en cuanto a la pérdida de un elemento destacado del patrimonio arquitectónico y de la memoria histórica cántabra.
En la sociedad cántabra de la impresión que no se ha reflexionado seriamente sobre sus valores específicos y singulares en un mundo que a comienzos del siglo XXI se enfrenta a un proceso de lenta destrucción: cambio climático, agotamiento de los combustibles fósiles, etc.
La Cantabria del siglo XXI es un territorio que ofrece frente a ese panorama de degradación, más allá de frases tópicas y lugares comunes, unas cualidades excepcionales: un patrimonio natural de gran belleza y calidad, escasamente afectado por la industrialización salvaje y el urbanismo especulativo propios del siglo XX, y un destacado patrimonio arquitectónico, que se ha ido superponiendo equilibradamente en el territorio a lo largo de la historia, salvo algunos episodios negativos en los últimos años del novecientos.
Estos valores deberían ser el motor fundamental de todas las actuaciones públicas y constituir el emblema por excelencia de la provincia.
En cuanto a la protección del paisaje se han dado pasos muy importantes con la aprobación en el 2004 por el Gobierno de Cantabria de la Ley de Protección del Litoral (P.O.L) como instrumento para frenar la edificación descontrolada en la costa, la zona más sensible. Esta ley debería servir para frenar "la marbellización" de la consta cántabra, el mayor peligro que afronta esta provincia de cara al futuro en la conservación de su paisaje.
Esa sensibilización que se está abriendo paso en la protección jurídica del paisaje debería trasladarse al patrimonio arquitectónico. Hay que entender que paisaje y patrimonio arquitectónico son dos valores indisociables y que no se entienden separadamente. Los deberes no están del todo realizados y es mucho el trabajo que queda por realizar.
Desde el punto de vista jurídico son dos los campos de actuación: el municipal y el de la comunidad. En el municipal hay que garantizar la calidad científica de los Catálogos de la Edificación a proteger. La mayor parte son documentos llenos de errores de análisis: estilo, cronología, arquitecto, etc. y no son exhaustivos ya que faltan un gran número de elementos de interés. Desde la comunidad el Inventario General del Patrimonio Arquitectónico cántabro es un documento insuficiente en cuanto a los elementos recogidos dada el gran nivel de la arquitectura cántabra. Así por ejemplo de la arquitectura del Movimiento Moderno no se recoge ningún elemento. Se hace necesario un mayor compromiso político a favor del patrimonio cultural cántabro, y en particular del arquitectónico.
Esta es una limitación de gran calado porque es el instrumento legal con mayor peso jurídico para proteger el patrimonio arquitectónico. En esta labor los catálogos municipales tienen una escasa incidencia ya que no son instrumentos válidos dadas sus deficiencias. Y además la normativa urbanística determina que la competencia de cara a la descatalogación de un elemento protegido queda en manos de la Conserjería de Urbanismo; lo que añade mayor inseguridad jurídica al quedar la decisión fuera del ámbito municipal y reducir la decisión a cuestiones de legalidad urbanista.
Vistas estas insuficiencias se comprende el desconocimiento existente sobre una gran parte del patrimonio arquitectónico cántabro, y este el caso de la Lonja de Pescados.
La Lonja es un maravilloso ejercicio de racionalismo no ortodoxo que sorprende por sus depurados volúmenes blancos. En su posición dominante sobre la costa, su estricta pureza se ve ensalzada al recortarse contra el fondo azul de las aguas del Cantábrico.
El proyecto lo realizó Aníbal González de Riancho en su calidad de Ingeniero Jefe de la Junta de Obras del Puerto de Santander en 1943.
El racionalismo se revela con plena nitidez en la fachada principal dispuesta al mar, presenta como nota distintiva: el torreón angular con una ventana en esquina, reloj, huecos apaisadas y cubierta plana. Otras notas de marcado acento moderno son: las ventanas apaisadas y los ojos de buey que recorren la fachada sur y las dos marquesinas de gran desarrollo que protegen las fachadas norte y sur.
En el interior la modernidad se manifiesta con toda su pureza y sin contaminación, una estructura de hormigón pintada de blanco sujeta a la estricta racionalidad del uso industrial. Dispone de tres crujías, la central es de espectacular belleza: un espacio vacío a doble altura bañado por la luz que penetra desde el lucernario.
En fin, la Lonja es un edificio que debe ser conservado y declarado Bien de Interés Cultural, no sólo por sus excepcionales valores arquitectónicos sino también porque forma parte de la memoria industrial de Santander.
A los responsables públicos habría que recordarles su obligación de proteger el interés colectivo de la comunidad, como es lo referente a la conservación del patrimonio arquitectónico cántabro, valor que está muy encima de los intereses de un puñado de ciudadanos.
A los vecinos de Castilla-Hermida sólo resta decirles que lo único que tienen con personalidad histórica y valor arquitectónico en sus calles es el conjunto del barrio pesquero.
Con la desaparición de la Lonja de Pescados lo único que conseguirían es un mayor empobrecimiento de su barrio al derribar un elemento singular de incontestable calidad que dignifica a la Hermida. Y además de perder la posibilidad de contar con una sede para las actividades culturales y deportivas del barrio. Y puestos a pedir, deberían reclamar un Plan de Reforma Interior del barrio y la mejora o la reforma del Plan de accesos por carretera a Santander.
Confiemos en que se imponga el sentido común y se reconsidere la decisión en aras de la salvaguardia del patrimonio cultural cántabro para las generaciones futuras y la Cantabria del siglo XXI.