La sentencia ahora ratificada declaró probado que Jesús Fernández Castillo atacó al concejal José Manuel Garnica (PSOE) en la noche del 21 de agosto de 2001, cuando éste cogía agua en una fuente situada a las afueras del pueblo de Cicero, y le propinó varios golpes en el brazo izquierdo, un costado y las dos rodillas "con un bate o un palo de madera de similares características".
Garnica, que tras aquella legislatura abandonó la política municipal, sufrió una fractura de cúbito y radio, estuvo doce días hospitalizado, tuvo que someterse a dos operaciones quirúrgicas y no se curó por completo hasta pasado un año y 20 días.
La sección cuarta de la Audiencia estimó que el móvil de la agresión fue "lisa y llanamente" que Fernández Castillo quería "vengarse del concejal" por las objeciones que ponía el Ayuntamiento de Colindres a proyectos de la constructora de su familia.
El tribunal que vio el caso en primera instancia consideró al procesado culpable de un delito de atentado en concurso con otro de lesiones, pero también expresó en la sentencia su convicción de que la pena impuesta (siete años y medio) era "excesiva" para este caso.
De hecho, anunció que si el fallo se convertía en firme, como ha ocurrido ahora, recomendaría que se concediera al procesado un indulto parcial que rebajara su condena a cinco años de cárcel.
La defensa de Fernández Castillo recurrió la condena en el Supremo alegando, entre otras cosas, que se había vulnerado su derecho a la presunción de inocencia, puesto que el fallo se basó en el testimonio del concejal, pero no tuvo en cuenta la declaración de una serie empleados del inculpado que aseguraron que éste se encontraba en otro lugar cuando sucedieron los hechos.
Para justificar por qué había considerado más creíble la versión inculpatoria del concejal -que reconoció con claridad a su agresor-, que la de los testigos de la defensa, la Audiencia de Cantabria argumentó que éstos últimos "tuvieron tiempo de sobra para preparar y coordinar sus declaraciones", ya que no prestaron testimonio hasta pasados 20 días de la agresión sufrida por José Manuel Garnica.
El Tribunal Supremo admite que la "exposición argumental" de la Audiencia de Cantabria sobre este extremo "puede ser poco convincente", pero también subraya que "los elementos en los que realmente se basa su decisión permiten sostener sus conclusiones respecto de los hechos y de su imputación al recurrente".
La sentencia del Alto Tribunal desestima el resto de los motivos de impugnación de la defensa y no se pronuncia sobre la consideración expresada por la Audiencia de que la pena que legalmente corresponde al procesado puede resultar excesiva.