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Domingo, 26 de marzo de 2006
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Cantabria / SANTANDER
SANTANDER
Obligados a ser buenos chicos
El pleno de este mes dictará una normativa encaminada a terminar con los actos vandálicos y que endurecerá las sanciones por comportamientos incívicos El ejercicio de la mendicidad será sancionable con hasta 3.000 euros mediante la nueva Ordenanza de Convivencia que aprobarán todos los grupos municipales
La cabra y el trompetista, el acordeonista monotemático y lastimero, el coche-bacalao, el mendigo a la puerta del supermercado, el voceras nocturno y el niño con la pelota a las puerta de una sacristía pueden ser sancionados por el Ayuntamiento de Santander por su comportamiento incívico.

Los 27 ediles de la Corporación han coincidido en pensar que la convivencia, además de ser un derecho, es también una obligación, y por lo tanto sancionable su incumplimiento. Lo dice el artículo primero de la nueva Ordenanza de Convivencia: «Los ciudadanos tienen obligación de respetar la convivencia y tranquilidad ciudadanas».

La norma, que entrará a debate en el pleno esta semana para su aprobación inicial, nace con intención de acabar con el vandalismo de «grupos minoritarios» de santanderinos y acabar de paso con todo lo que haga mella «de los elementos que configuran y dan estilo a una ciudad».

La ordenanza regula muchos aspectos que irritan a los más pacíficos y que hasta ahora eran comportamientos impunes o se recogían de refilón en ordenanzas no pensadas para reprimir a los gamberros. Este es el caso del ruido incidental de vehículos y personas poco respetuosas con las normas de convivencia, o la destrucción del mobiliario y en general el deterioro de lo que no es de nadie en particular y sí de todos.

Pero la ordenanza va más allá y, sin citarlos, pretende retirar de la calle los mendigos. No lo hace por ser tales, sino por obstaculizar el tránsito de peatones. Incluso a aquéllos que se hagan pasar por músicos callejeros se les puede retirar el instrumento.

«Todos los ciudadanos tienen el derecho a transitar y circular por los espacios y vías públicas establecidas para ello -dice el texto-, sin que ninguna persona ni la actividad sin autorización que esta realice, supongan un límite a ese derecho.» Y añade: «Para garantizar ese derecho, queda prohibida, en estos espacios y vías públicas, toda actividad que implique una estancia o uso abusivo, instente o agresivo de estas zonas, o que representen acciones de presión o insistencia hacia los ciudadanos, o perturben la libertad de circulación de estos y obstruyan o limiten el trafico rodado de vehículos, o la realización de cualquier tipo de ofrecimiento o requerimiento, directo o encubierto, de cualquier bien o servicio, cuando no cuente con la preceptiva autorización.»

La palabra 'mendigo' no aparece por ningún sitio, pero la perífrasis va a él dirigida.

Una de los aspectos más llamativos de la ordenanza es la contundencia de las sanciones económicas, aunque abre la posibilidad de que puedan compensarse por los infractores con trabajos para la comunidad. Las infracciones leves será sancionadas con hasta 750 euros; las graves, con multa de 750 a 1.500 euros; y las muy graves, con multa de 1.500 a 3.000 euros.

Algunos casos

Los barrios podrán realizar fiestas populares en sus calles pero no podrá servir alcohol, para no hacer competencia desleal a los hosteleros, a los cuales también se les encomienda, por otro lado, que velen por el comportamiento de sus clientes a la entrada o salida.

También se prohíbe «portar mechas encendidas, disparar o explosionar petardos, cohetes u otros artículos pirotécnicos sin autorización municipal».

Más suerte tendrán los seguidores del Racing, que podrán bañarse en una fuente, siempre y cuando dispongan de la preceptiva autorización y, lo que es menos fácil, que el club gane la Liga.



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