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El atropello mortal de una mujer en la calle Menéndez Pelayo seguirá la vía judicial

El atropello mortal de una mujer en la calle Menéndez Pelayo seguirá la vía judicial

El Tribunal confirma la primera resolución que apreciaba en el conductor del camión posibles delitos de homicidio por imprudencia y conducción temeraria

EFE

Santander

Martes, 6 de febrero 2018, 17:39

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La Audiencia de Cantabria ha confirmado el auto del Juzgado que ordenó seguir con la causa por supuestos delitos de homicidio por imprudencia y conducción temeraria en la que se investiga al conductor de un tractocamión que en enero de 2017 atropelló a una mujer que murió en el acto en la calle Menéndez Pelayo de Santander.

Los hechos ocurrieron el 2 de enero de 2017, cuando el conductor iba a los mandos de un tractocamión con semirremolque que carecía de los permisos exigidos por la ordenanza municipal para circular por núcleo urbano. El semirremolque, además, estaba dado de baja de forma definitiva para el tránsito desde marzo de 2008, tenía la ITV caducada y carecía de seguro.

El conductor accedió por la calle del Sol y, al llegar a la rotonda, giró a la izquierda y se incorporó a Menéndez Pelayo sin darse cuenta de la presencia de la mujer en un paso de peatones.

Según el auto de procedimiento abreviado, la mujer, aunque estaba un poco «despegada» del paso de peatones, era perfectamente visible. El conductor no frenó a tiempo para evitar atropellar a esta persona y pasó sobre ella, lo que provocó su muerte escasos minutos después.

La defensa del conductor investigado presentó un recurso contra el auto del Juzgado que apreció indicios de delito, que ha resuelto ahora la Audiencia de Cantabria y que ha sido rechazado.

El tribunal destaca que coincide «plenamente» con los argumentos del magistrado instructor y comparte que «existen indicios bastantes para apreciar, cuando menos», la comisión de un posible delito de homicidio imprudente.

La Audiencia justifica su decisión además en el hecho de que se ha constatado «la comisión, por parte del investigado, de una pluralidad de infracciones o irregularidades administrativas», que están «directamente relacionadas» con la actividad que desarrollaba en el momento del atropello mortal.

La Audiencia subraya que «deberá ser en el acto de juicio cuando se dilucide si esas infracciones fueron debidas a un actuar negligente o poco diligente» del conductor, y determinar si, en tal caso, su comportamiento al adentrarse en el centro de la ciudad se puede atribuir una imprudencia.

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