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El Consejo de Estado obliga a la empresa del Torrebús a realizar la auditoría anual

El Ayuntamiento necesita el documento para solicitar la subvención estatal del transporte urbano

José Ignacio Arminio

Lunes, 23 de enero 2017, 07:56

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El Consejo de Estado ha dictaminado que la empresa adjudicataria del Torrebús tiene la obligación de someter sus cuentas anuales a una auditoría y pagar el gasto que supone la misma. El Ayuntamiento de Torrelavega necesita el documento para acceder a las subvenciones para el transporte urbano que concede cada año la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local.

El contrato del Torrebús fue adjudicado a la UTE formada por las empresas Transitia y Pavigom el 15 de octubre de 2010 y cedido a la compañía Transportes Urbanos de Cantabria, del grupo Alsa, el 1 de enero de 2015. La discrepancia entre el Ayuntamiento y la empresa se centraba en determinar si la auditoría de las cuentas anuales de la adjudicataria debía pagarla la concesionaria o el Consistorio.

El contenido del contrato es múltiple, ya que incorpora los servicios de transporte urbano, el escolar y el de retirada de vehículos de la vía pública y su depósito (grúa). El primero de ellos es el que dio lugar al expediente, ya que los contratos de transporte urbano reciben una subvención estatal. La ayuda, que corresponde a Ayuntamientos que disponen de un Plan de Movilidad Sostenible y un determinado número de habitantes, es independiente de la forma de prestación del servicio, pero se condiciona a la presentación de varios documentos, entre ellos la referida auditoría.

Según el Consejo de Estado, de lo dispuesto en los pliegos de condiciones del contrato se deduce que las expresiones no son claras en cuanto a la obligación impuesta al contratista de someterse anualmente a una auditoria y, lo que es más relevante, de pagarla. La empresa interpretaba que la auditoría anual se configura como una potestad de la entidad local y puede ser requerida por el Ayuntamiento, eso sí, a su costa.

Obligado a colaborar

El Consistorio, por el contrario, estima que la auditoria anual se encuentra dentro de las responsabilidades del contratista, al estar obligado a colaborar con el Ayuntamiento para obtener la subvención estatal que debe aplicarse al servicio. Y añade que esta obligación se retribuye con el importe de la subvención, ya que «hasta un 5% se entrega al adjudicatario».

A la vista del marco legal aplicable al contrato de servicios de transporte urbano, el Consejo de Estado estima que la interpretación que plantea el Ayuntamiento es la correcta. «La obligación de auditar las cuentas anualmente y a su costa explica ha de considerarse como una de aquellas a las que se refiere el artículo 41 del pliego de condiciones administrativas particulares».

Esta interpretación se ve corroborada por un dato adicional:el Consejo de Estado solicitó que la entidad local aportara al expediente un informe detallado de cómo se había desenvuelto el contrato en años anteriores y de un informe de la Intervención se desprende que hasta 2015 el concesionario realizó y pagó las auditorías. «La empresa se limitó a aceptar la cesión del contrato, subrogándose en el conjunto de derechos y deberes, por lo que ahora no procede alterar la práctica habitual», concluye.

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