El Servicio Cántabro de Salud (SCS) ha sido condenado a indemnizar con 400.000 euros a los padres de una niña de 22 meses que sufrió graves daños cerebrales debido a que los médicos que la atendieron en el Hospital Valdecilla, tras ingresar de urgencia con fiebre, tardaron un día en diagnosticar que padecía de diabetes.
El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) considera a la Administración sanitaria responsable patrimonial, al estimar que se produjo un retraso en el diagnóstico del trastorno metabólico que derivó en la parálisis cerebral. Sin embargo, el tribunal niega que se hubieran producido fallos en el tratamiento, circunstancia por la que limita la indemnización a 400.000 euros, muy lejos del millón de euros, la pensión vitalicia de 1.200 euros mensuales y el pago del tratamiento médico y rehabilitador de por vida reclamado por la familia.
La pequeña ingresó de urgencias en el Hospital Valdecilla el 28 de mayo de 2005, cuando tenía 22 meses. Tenía fiebre y hacía cuatro días que no había hecho una deposición, a pesar de habérsele suministrado laxantes.
Los médicos de guardia tomaron la temperatura a la pequeña, efectuaron una exploración abdominal, le aplicaron un enema y le dieron el alta. Pero al día siguiente, su estado, lejos de experimental mejoría, empeoró, de manera que a las 14.15 horas ingresó de nuevo en el servicio de urgencias. Fue entonces cuando se le diagnosticó una descompensación diabética (cetoacidosis diabética), siendo ingresada en la planta de pediatría. Seis horas después, la menor tuvo que ser bajada de nuevo a la Unidad de Cuidados Intensivos en situación de coma profundo debido a la hipoglucemia. La niña sufre una parálisis cerebral tetrapléjica y permanece prácticamente en estado de coma, por lo que requiere una atención permanente.
Los padres consideraron que se produjo un retraso en el diagnóstico y que hubo además fallos en el tratamiento, imputación que rechaza la Administración sanitaria.
El tribunal respalda en parte la reclamación de los demandantes. Admite que hubo un retraso en el diagnóstico de la diabetes. El perito judicial, el doctor López-Terradas, informó a la Sala que, por tratarse de una menor de 22 meses que no puede expresar directamente sus síntomas, habría que haber practicado una analítica, «prueba no invasiva ni peligrosa», para confirmar el diagnóstico y descartar la existencia de una diabetes.
No obstante, la historia clínica evidencia que «su ingreso en la planta de hospitalización pediátrica fue correcto y acorde con los protocolos médicos».
Así, el tribunal entiende que la atención prestada a la niña «fue continuada y adecuada a su estado», de acuerdo con los dictámenes aportados. Las complicaciones de la diabetes, que no fue detectada a tiempo, provocaron los daños cerebrales irreversible de la menor, concluye el tribunal, cuya sentencia no es firme ya que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.