Indemnización a una paciente que no fue informada de los riesgos

Intervenida en el Hospital Valdecilla de una hernia discal, el médico no le informó y además sufrió graves secuelas

C. DE LA P.

El Servicio Cántabro de Salud tendrá que indemnizar con 50.000 euros a una mujer de 63 años que fue sometida en el Hospital Valdecilla a una intervención de hernia discal sin que el médico le informara de los riesgos y complicaciones derivados de la misma, ni de la existencia de posibles tratamientos alternativos.

Como consecuencia de la operación sufrió secuelas «gravísimas», entre ellas, la falta total de control de esfínteres, que determinaron su incapacidad absoluta. La paciente había reclamado una suma de 250.000 euros por los daños morales derivados de la mala praxis, pero el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria considera ajustada la cantidad de 50.000 euros, además de los intereses legales.

El síndrome de 'cola de caballo' describe un complejo de síntomas y signos consistente en dolor de la espalda baja, ciática unilateral o bilateral, déficit motor en miembros inferiores, trastornos sensitivos, esfinterianos (vesical y/o anorrectal) y de la esfera sexual. Según los peritos judiciales que informaron al tribunal en este proceso, entre 1% y 2% de los casos la operación de hernia discal puede dejar como secuela este síndrome, riesgo del que no fue informada la paciente, según concluye la sentencia, que confirma otra anterior dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1. El tribunal da la razón a la enferma y precisa que el médico traumatólogo que la operó debió facilitar todo tipo de información sobre las secuelas de una intervención de este tipo.

Hernia calcificada

Según la sentencia, «la hernia de la paciente estaba calcificada, lo que no es habitual», una complicación que exigía proporcionar a la mujer «la información más completa y exhaustiva posible». La Sala de lo Contencioso Administrativo recuerda, en este sentido, que del expediente administrativo y de las pruebas practicadas «no se desprende prueba alguna de que la paciente fue informada por escrito de las características de la operación, riesgos de la misma y opciones terapeúticas alternativas, no ya del síndrome de 'cola de caballo', sino de ninguna otra complicación o secuela». Pero además, tanto el magistrado de instancia como el propio tribunal concluyen que tampoco se proporcionó a la paciente información verbal, por lo que existió una «mala praxis», que determina el derecho a ser indemnizada por los daños morales padecidos tras la operación.

Para ello el tribunal ha tenido en cuenta el informe de la Inspección Técnica, que afirma que no existió consentimiento informado, «ni verbal ni escrito».

La línea de defensa del Gobierno regional, condenado a pagar la indemnización como responsable de la sanidad cántabra, era dar por supuesto que el médico, «por el simple hecho de informar a la paciente de que iba a ser intervenida, le informó también de la naturaleza de la operación», tesis que el tribunal rechaza «por simplista».

En este sentido, la sentencia subraya que lo único probado es que a la paciente se le informó solamente sobre «el hecho físico de que le iba a ser practicada una intervención quirúrgica de hernia discal», sin que ello permita suponer que fue informada de los riesgos inherentes.