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Votantes en Santander, en anteriores elecciones. Roberto Ruiz
501.672 cántabros podrán votar en las elecciones del 10 de noviembre

501.672 cántabros podrán votar en las elecciones del 10 de noviembre

En las urnas de Cantabria podrán votar 462.685 ciudadanos y, por correo desde el extranjero, otros 38.987

DM .

Santander

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Jueves, 26 de septiembre 2019, 10:55

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Un total de 501.672 ciudadanos residentes en Cantabria o naturales de la comunidad autónoma pero residentes en el extranjero podrán votar el próximo 10 de noviembre en las elecciones generales al Congreso y al Senado.

Según los datos del censo electoral difundidos por el Instituto Nacional de Estadística (INE), tendrán derecho a votar en las urnas de Cantabria 462.685 ciudadanos, más otros 38.987 que podrán hacerlo desde el extranjero por correo.

En estas elecciones Cantabria elige cinco diputados al Congreso y cuatro senadores. La representación de la comunidad en la Cámara Alta se completa con un quinto senador nombrado a propuesta del Parlamento autonómico.

El INE informa a los ciudadanos de que a partir del próximo lunes, 30 de septiembre, y hasta el 7 de octubre podrán consultar el censo electoral en los ayuntamientos y en las delegaciones provinciales de la Oficina del Censo.

Por su parte, los electores residentes en el extranjero podrán comprobar sus datos de inscripción en los ayuntamientos, consulados o en las delegaciones provinciales de la Oficina del Censo en el mismo plazo.

No recibir propaganda electoral

El INE también señala que los electores pueden solicitar la exclusión de las copias del censo electoral que se entregan a los representantes de las candidaturas para el envío de propaganda electoral.

Estas exclusiones son continuas y tienen efecto permanente mientras el elector no se manifieste en sentido contrario.

Quienes realicen esta solicitud hasta el 7 de octubre no recibirán propaganda electoral por parte de los partidos políticos en la campaña electoral de estas elecciones.

Las solicitudes posteriores a 7 de octubre tendrán efecto en las siguientes elecciones que se celebren.

La solicitud de exclusión puede realizarse por internet, con certificado electrónico, en la Sede electrónica del INE (https://sede.ine.gob.es/oposicionPartidos) o en los ayuntamientos, oficinas consulares y delegaciones provinciales de la Oficina del censo, mediante la presentación de un impreso normalizado

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