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Condenado a siete años de cárcel por intentar matar con un cuchillo al que fue pareja de su exmujer

Condenado a siete años de cárcel por intentar matar con un cuchillo al que fue pareja de su exmujer

Cantabria ·

La sentencia, que puede ser recurrida ante el Supremo, recoge que también tendrá que indemnizar a la víctima con 10.000 euros y no podrá ni acercarse ni comunicarse con él durante diez años

DM .

Santander

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Miércoles, 6 de junio 2018, 17:29

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La Audiencia ha condenado a siete años de prisión a un hombre por intentar matar a otro que había mantenido una relación sentimental con su ex mujer, al que atacó con un cuchillo causándole once heridas, una de las cuales podría haber sido mortal si no hubiese recibido asistencia médica con urgencia.

El tribunal le considera autor de un delito de homicidio en grado de tentativa, con la agravante de abuso de superioridad, y además de a la pena de cárcel, le condena a indemnizar a la víctima con 10.000 euros y al Servicio Cántabro de Salud con 3.000 por los gastos de hospitalización del herido. Tampoco podrá acercarse ni comunicarse durante diez años con la víctima, que ha sido absuelto del delito leve de lesiones del que había sido acusado en el mismo juicio.

La sentencia, que no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, rebaja de ocho a siete años la pena que reclamaban tanto el Ministerio Fiscal como la acusación particular, ya que aplica la atenuante simple de dilaciones indebidas.

El acusado mantuvo en el juicio que el otro hombre se había causado a sí mismo las heridas, una tesis que la Audiencia de Cantabria rechaza, ya que considera que los testigos y los peritos han corroborado el testimonio de la víctima, al que otorga «plena credibilidad».

Según relata el tribunal, el condenado estaba «claramente enemistado» con la víctima de las cuchilladas por la relación que este había mantenido con su ex mujer y madre de su hija, con la que el ahora condenado había vuelto una semana antes de los hechos.

Ese día, el 5 de octubre de 2015, los dos hombres habían hablado por teléfono. El ahora condenado sabía que su exmujer y el otro hombre se dirigían al domicilio de este último para que ella pudiese recoger unas pertenencias, ya que ella había vuelto con su expareja hacía unos días. Por eso acudió al encuentro de ambos. Se encontró con ellos en el portal del domicilio, cuya puerta estaba abierta con las llaves puestas, se abalanzó sobre el hombre y ambos iniciaron una discusión. Mientras estaban discutiendo, sacó un cuchillo de doce centímetros y medio de hoja y le asestó varios golpes que «le alcanzaron en múltiples partes del cuerpo».

Una de las cuchilladas le hirió en una axila, le produjo un neumotórax, le hizo sangrar abundantemente y «le habría causado la muerte si no hubiera sido asistido médica y quirúrgicamente de inmediato», dice la sentencia.

Para la Sala, estos hechos son constitutivos de un delito de homicidio en grado de tentativa porque el arma utilizada y la dirección del cuerpo a la que se dirigieron los golpes «demuestran la conciencia y la voluntad de un resultado como el producido», además de concurrir en su ejecución el ánimo de matar.

«Difícil de creer»

El tribunal considera que la abundante cantidad de sangre que fue encontrada en el lado interior de la puerta del portal procedente, según se ha probado, de la herida en la axila de la víctima demuestra que la agresión se produjo dentro del portal y no en el rellano de la escalera ni fuera.

Ante la gravedad de la herida, junto al hecho de que el cuchillo fuese encontrado sin mango, a la Sala le resulta «difícil de creer» que, tras la agresión, el herido subiese a su casa sin dejar manchas de sangre para guardar el mango, limpiar las huellas y entregar el cuchillo a la Policía, como argumentaba la defensa que hizo tras causarse a sí mismo las heridas.

Recuerda también que la mujer corroboró el relato de la víctima y en ningún momento del juicio sostuvo que cuando llegó su exmarido el otro hombre la tuviera arrinconada ni se sintiera amenaza por él, como afirmó el acusado en la vista.

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