La Fiscalía pide para los familiares de Eusebio Cortezón la condición de víctimas de represión
En su recurso, el fiscal señala que la ejecución en 1938 de este ebanista militante del POUM afectó a su descendencia «todo el periodo de la dictadura» y se proyectó «sobre sus hijos y nietos»
La Fiscalía ha interpuesto un recurso de apelación contra el reciente auto del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Santander en el caso ... de Eusebio Cortezón Castrillo. Nacido en Santander en 1894, ebanista, padre de 7 hijos y militante del Partido Obrero de Unificación Marxista) con el que llegó a ser concejal en El Astillero, Cortezón «fue condenado a muerte y ejecutado injustamente» en 1938 –fusilado ante la tapia de Ciriego–, según recoge el auto del titular de este Juzgado. Ahora, la Fiscalía ha decidido recurrirlo parcialmente y reclamar para sus familiares la condición de víctimas de la represión.
En su recurso, el fiscal plantea que la ejecución de Cortezón «fue demoledora» para su esposa y sus hijos, «que fueron objeto de persecución, privaciones de libertad arbitrarias, torturas, abusos y traslados forzosos». Entiende el fiscal que la represión se extendió «a toda la familia» y que estas circunstancias «han sido soportadas» por sus familiares «durante todo el periodo de la dictadura franquista», además de proyectarse «sobre sus hijos y nietos».
La Fiscalía solicitó que la ejecución de Cortezón se declarase como «demoledora» para su familia y que se valorasen las penosas consecuencias que tuvo sobre las vidas de sus allegados, pero en el auto del 21 de octubre el magistrado no atendió a esta petición dado que no se había «practicado prueba suficiente» para acreditarlo. «Puede presumirse, aplicando la lógica, que efectivamente la condena a muerte y la ejecución del señor Cortezón fue demoledora para su esposa y sus siete hijos», decía el auto, en el que más adelante se añadía que, «la prueba aportada se ha limitado a los particulares del proceso judicial que concluyó en el año 1938»; y que «debe distinguirse entre el plano de las declaraciones políticas que pueden inspirar la LMD [Ley de Memoria Democrática] con el fin de restablecer la memoria de las víctimas y de sus familiares, y el plano judicial».
Esto lo recurre la Fiscalía con «una petición que lo único que pretende es la reparación de la familia» a través de un recurso de apelación que «se fundamenta exclusivamente en la promoción de una aplicación correcta de la legalidad vigente para la tutela de los derechos y de la dignidad de las víctimas».
El fiscal sustenta su recurso parcial sobre varios puntos, entre ellos, el hecho de que, tras su ejecución, la familia de Cortezón vivió en un «ambiente de violencia». «No se trata de la mera pérdida un familiar y de su capacidad de económica, sino que la familia quedó a merced de los ejecutores de su padre», dice el fiscal, que, por otro lado, considera que se omite el análisis de una prueba documental admitida en el juicio en la que, «a modo de testamento vital», Luisa Cortezón, hija de Eusebio «y, por tanto, víctima directa de la represión franquista», relata «traslados y penurias» y que «fue violada en el cuartel de la Guardia Civil» dada sus filiaciones con «'un rojo'». «Esta persecución llevó a Luisa a marchar a Francia», recoge el recurso, en el que se añade que «es evidente que lo único que persiguen las víctimas es reparación y que esta sea plena, acorde con la realidad plenamente acreditada». Por esta y otras razones, el fiscal reclama para los familiares de Cortezón la condición de víctimas.
¿Tienes una suscripción? Inicia sesión