Hacienda ingresará un 2% más en la campaña de la renta en Cantabria por los ERTE
La Administración prevé recaudar en la región 13.000 millones. El plazo para la presentación se abrió el pasado miércoles y concluye el 30 de junio
Juan Carlos García
Lunes, 12 de abril 2021, 07:16
Ha llegado el momento. El pasado miércoles comenzó una nueva campaña de la renta que se extenderá hasta el 30 de junio y que trae ... importantes novedades derivadas de la pandemia. Entre las principales, los miles de trabajadores que hasta ahora no tenían que hacer la declaración y que tendrán que rendir cuentas con la Agencia Tributaria al haber estado en ERTE y pasar de tener un solo pagador (la empresa), a dos contando con el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), que no aplica retención a este tipo de prestaciones.
La Agencia Tributaria prevé ingresar en Cantabria 12.976 millones de euros, un 2% más por el efecto precisamente de los ERTE, mientras que el importe a devolver caerá un 3%, hasta los 10.857 millones. En España está previsto que se presenten un total de 21.570.000 declaraciones, un 2,1% más que el año anterior. De ese total, se prevé que 14.330.000 den derecho a devolución, dos tercios del total, y un 1% menos que el año anterior, por un importe estimado de 10.857 millones de euros.
Por norma general, todos los ciudadanos están obligados a hacer la declaración si sus ingresos superan los 22.000 euros anuales. Un límite que baja a 14.000 euros cuando hay más de un pagador y lo percibido por el segundo supera los 1.500 euros. Así, y tal y como recuerda Enrique García, CEO de TaxDown, «si alguien ha recibido una cifra superior a 1.500 euros del SEPE, tendrá que hacer la declaración». En total, de los millones de trabajadores que estuvieron en ERTE el pasado año, 327.000 serán nuevos contribuyentes, según datos de la Agencia Tributaria. Para hacer frente a estos pagos, Hacienda permitirá fraccionarlos en un periodo de seis meses (entre julio y diciembre) y sin cargo de intereses.
Los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) también advierten de los casos de trabajadores con cobros indebidos por parte del SEPE, pero que no pudieron regularizar su situación hasta este 2021. Para los que hayan tenido que devolver parte de la prestación, aconsejan comprobar que el borrador no incluya la cantidad de más pagada por el SEPE.
Maternidad
Otra derivada de los ERTE impactará de lleno en la deducción por maternidad de hasta los 1.200 euros anuales para las madres con hijos menores de tres años que realizan una actividad económica. Este año, aquellas que hayan estado en ERTE de suspensión no tendrán derecho a esta deducción. Una exclusión que no se aplica en los ERTE de reducción de jornada o a tiempo parcial.
Fuera de los ERTE, los 460.000 beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) en 2020 también tendrán que presentar la declaración, aunque eso no significa que tengan que pagar al 'fisco' al ser un ingreso exento. Eso sí, si una unidad de convivencia recibe varias de estas prestaciones que superan de forma conjunta los 11.279 euros en el año (1,5 veces el iprem, indicador público de rentas de efectos múltiple), deberán tributar por ese exceso. Esta decisión ha generado numerosas críticas al considerar ineficiente esta obligación de declarar por el IMV, pues, según explican los expertos, «en la práctica totalidad de los casos la declaración no supondrá ni ingreso ni devolución, pues no habrá rentas sujetas a retención».
Rescate y donativos
Los contribuyentes tampoco deben olvidar que el Gobierno permitió rescatar los ahorros en planes de pensiones durante seis meses desde el inicio del estado de alarma. «A estos reembolsos se les aplica la regla general que los considera rentas del trabajo, por lo que no hay que olvidar modificar el borrador si estos importes no aparecen».
Otra de las novedades hay que buscarla en los donativos. En lo más duro de la crisis se aprobó un aumento de la desgravación hasta el 80% de los primeros 150 euros donados y un 35% sobre el exceso, que pasa al 40% si la cantidad donada a una misma ONG no ha disminuido en los tres últimos años.
Preguntas y respuestas
1.- ¿Quién debe declarar?
Todos aquellos con ingresos anuales que superen los 22.000 euros de un solo pagador. En el caso de que exista más de un pagador, el límite baja a 14.000 euros si del segundo percibes más de 1.500 euros.
2.- ¿Declaración por Internet?
Desde el pasado día 7 es posible presentar la declaración en el portal 'Renta Web'.
3.- ¿Declaración por teléfono?
A partir del 6 de mayo y hasta el 30 de junio. Es necesario solicitar cita previa (del 4 de mayo al 29 de junio) por varias vías. A través de la página www.agenciatributaria.es, con el DNI electrónico, la cl@ve PIN o la referencia, a través de la App 'Agencia Tributaria' o de forma automática en los teléfonos 901 12 12 24 o 91 535 73 26.
4.- ¿Declaración presencial?
Desde el 27 de mayo se podrá pedir cita (por la mismas vías que las telefónicas) para hacer la declaración en una oficina, que atenderá a los contribuyentes desde el 2 de junio.
5.- ¿Cómo solicitar el borrador?
A través de la web de la Agencia Tributaria, donde deberá pinchar en la opción 'Renta 2020' que aparece en la pantalla y después hacer clic en 'Servicio de tramitación borrador/declaración (Renta Web)'. Tras ello, Hacienda nos pedirá que nos identifiquemos con tres opciones: el certificado o el DNI electrónico, la Cl@ve PIN o el número de referencia.
6.- ¿Cómo modificar y confirmar?
La Agencia Tributaria solicitará una confirmación del domicilio fiscal y ya se podrá acceder al documento para modificar o confirmar y, en un solo clic, presentar su declaración.
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