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Javier Cotera
Ángel Lavín, condenado a dos años y nueve meses de prisión
Fútbol | Racing

Ángel Lavín, condenado a dos años y nueve meses de prisión

La Audiencia Provincial de Cantabria rebaja la pena inicial para el expresidente del Racing, pero la establece en 33 meses de prisión en un fallo contra el que, según indica la sentencia, no cabe recurso

Aser Falagán

Santander

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Miércoles, 16 de diciembre 2020, 14:09

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La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a Ángel 'Harry' Lavín a dos años y nueve meses de prisión por delitos de administración desleal durante su época como presidente del Racing.

Lavín ya había sido condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 y había recurrido la sentencia ante la Audiencia, que solo ha atendido en parte su demanda. Y es que, aunque rebaja la pena inicial, la establece de forma definitiva en 33 meses de prisión en un fallo en el que, según indica la propia sentencia, no cabe recurso. La resolución de la Audiencia aprecia la concurrencia de la atenuante de dilaciones indebidas en este procedimiento, iniciado hace más de ocho años.

Ángel 'Harry' Lavín presidió el Racing durante la denominada 'Era Okupa', una etapa durante la que incluso estuvo en cuestión la propiedad del club y que terminó en su desalojo en una Junta de Accionistas que ordenó celebrar el juez de guardia, puesto que Lavín se había negado a ponerla en marcha pese a ser su obligación legal.

Se pone así fin a un larguísimo proceso judicial que abrió la Asociación de Exfutbolistas del Racing encabezada por Manolo Higuera, que ha actuado como abogado durante todo el proceso. Posteriormente se unieron la Asociación de Pequeños Accionistas y el propio Racing, una vez desalojado el anterior Consejo y recuperada la legalidad y la normalidad institucional.

También el anterior presidente y gestor en la sombra durante la etapa de Lavín, Francisco Pernía, ha sido condenado en primera instancia a prisión por los mismos motivos, pero en su caso el recurso está todavía pendiente. Y es que lo que en un principio era una causa conjunta fue después dividida en dos causas separadas.

Dilación indebida

Aunque los magistrados de la Sección Primera consideran «muy compleja y voluminosa» la instrucción de la causa, en la que «se investigaron muchos hechos», admiten que uno de los recursos de apelación interpuesto contra el auto de procedimiento abreviado y qye fue resuelto por la Sección Tercera en agosto de 2018 tuvo una «demora que no guarda proporción con la complejidad de la causa».

«La única paralización apreciable es el tiempo que tardó en resolver el recurso de apelación la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial que justifica la aplicación de la atenuante de dilaciones indebidas como simple, rebajando la pena a dos años y nueve meses de prisión, en lugar de tres años y seis meses», rebaja que los magistrados de la Sección Primera consideran «adecuada y proporcionada a la continuidad delictiva, entidad de los hechos y a la concurrencia de una atenuante», precisa E. press

Al margen del retraso injustificado, la sentencia ratifica el resto de la resolución del juzgado de lo penal, que fijó una indemnización de 216.400 euros al Racing por los daños y perjuicios causados e impuso también a 'Harry' el pago de las costas por un delito continuado de administración desleal.

«Han quedado acreditados los mecanismos y operaciones por los cuales el Real Racing Club resultó perjudicado económicamente debido a que el acusado, actuando en su condición de consejero delegado y presidente, se dio de alta en la Seguridad Social, se asignó y cobró un sueldo y celebró dos contratos en perjuicio de la sociedad que administraba, todo en ello en beneficio propio y con abuso de sus funciones, quebrantando el deber de lealtad, lucrándose y generando un perjuicio al club que administraba».

Fue juzgado por cuatro hechos: por asignarse de manera «unilateral» un sueldo de 72.000 euros anuales en 2012, cuando el club estaba «al borde de la desaparición»; por el contrato a José Ignacio Urquijo como director técnico deportivo de los equipos de todas las categorías salvo el primer equipo.

Asimismo, por el contrato de arrendamiento de servicios con la empresa Blu Sistemas y Proyectos, pese a que estaba en disolución y sin actividad los tres años precedentes y con el informe contrario de los administradores concursales. Y en cuarto lugar, por la renovación del alquiler de tres apartamentos en la urbanización 'Albatros' por cinco años y una renta anual de 48.000 euros.

En los tres primeros supuestos, la magistrada de lo Penal consideró «sin duda más que probada» la administración desleal, y calificó la gestión de Lavín de «fraudulenta y más que engañosa», entendiendo además que había una «continuidad delictiva».

Concluyó que la conducta de 'Harry' causó perjuicio en el capital social y patrimonial de la sociedad anónima deportiva -bien jurídico individual-, pero también de modo colectivo, por lo que al imponer la pena -tres años y medio de cárcel- tuvo en cuenta, además de «relevante» cuantía económica, el perjuicio ocasionado a los socios del club, empleados, aficionados y la sociedad en general en el ámbito deportivo.

El abogado de Ángel Lavín pidió que se declarase la nulidad del juicio y la sentencia y que se celebrase una nueva vista con otro magistrado, que se absolviera a su representado de los delitos por los que fue condenado, y se apreciase la concurrencia de la atenuante de las dilaciones indebidas como muy cualificada, peticiones a las que se opusieron el Ministerio Fiscal y el resto de acusaciones.

La Audiencia Provincial rechaza la «falta de imparcialidad» de la jueza de lo Penal y «en modo alguno se revela errónea la conclusión a la que llegó».

Sobre el contexto de los hechos, la sala cree que ha quedado acreditado, tanto por la prueba documental como por la testifical de los administradores concursales, la «delicada» situación económica del Racing, que estaba «en peligro de desaparición», y era «fundamental para garantizar la viabilidad del club reducir costes».

Es más, los administradores instaron un expediente de regulación de empleo para resolver el contrato de 20 trabajadores, y antes de su cese, en julio de 2012, mantuvieron contactos «casi a diario» con 'Harry', que «estaba al corriente de la delicada situación del club».

Sobre el contrato a Urquijo, durante dos años y tres meses, la sentencia pone de manifiesto que el anterior director deportivo tenía un sueldo «mucho más bajo» y no cobraba primas por objetivos. Además, se pactó un horario de 16 horas semanales, incluidos los partidos, frente a las 70 horas de sus antecesores.

En la vista por el recurso que ha desembocado en esta sentencia declararon, entre otros, el exdirector general del Racing Antonio Corino que afirmó que, durante la etapa de Lavín como presidente, le alertó de que los gastos en los que estaba incurriendo la entidad eran «excesivos» y también de que los estatutos no contemplaban que tuviera un sueldo por el desempeño de su cargo

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