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Imagen de una Junta de Accionistas anterior en la que se aprobó la ampliación de capital del Racing Javier Cotera

Lavín condenado a pagar 2.250 euros por suspender la Junta de Accionistas del Racing en la que iba a ser destituido

El magistrado absuelve a los otros tres consejeros juzgados junto a él por los hechos de 2014

Pilar Chato

Santander

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Martes, 18 de diciembre 2018

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2.250 euros le va a costar a Ángel Lavín 'Harry' su decisión de suspender el 30 de enero de 2014 la Junta de Accionistas del Racing en la que el administrador concursal del club iba a plantear tanto el cese del propio Lavín como presidente del equipo verdiblanco, como de todo su Consejo de Administración. Finalmente, dicha junta se celebró el día después, el 31 de enero de 2014, por orden judicial y supuso el fin de la conocida como la 'Era Okupa', con la salida de Lavín y su equipo y la entrada de Tuto Sañudo al frente del club.

La sentencia del Juzgado de lo Penal nº 3 de Santander considera al que fuera presidente del Racing entre 2012 y 2014 como responsable de un delito societario por el que le impone cinco meses de multa (15 euros al día). En cambio, absuelve a los tres miembros del Consejo de Administración juzgados junto a él (Manuel Ruiloba, Jairo Lavín y Jorge Madrazo) una situación que ya se apuntaba durante el juicio, en el que Lavín se atribuyó toda responsabilidad.

La sentencia, contra la que cabe recurso, reconoce que Lavín desconvocó la junta «con el fin de impedir» tanto al administrador concursal, como a la Asociación de Peñas Racinguistas y al resto de pequeños accionistas de la sociedad «participar en la junta y ejercer sus derechos sociales más básicos». Y de paso, evitar su destitución.

«La desconvocatoria supone una abierta conculcación y obstaculización del ejercicio del derecho de los accionistas a conformar la voluntad social de la junta, con ejercicio abusivo del cargo representativo, impidiendo su expresión en la misma, al suspenderla, conociendo la intención contraria a sus intereses de permanencia en el cargo, además retribuido para el presidente», señala la resolución judicial.

Con la suspensión de la Junta, el objetivo de la ya entonces acorralada directiva era dilatar aún más el proceso en un esfuerzo por mantenerse en una sociedad cuya propiedad llevaba años en litigio. Harry anuló así la convocatoria en una estrategia que podía haber tenido éxito de no ser porque la oposición, de la que formaba parte el anterior presidente, Manolo Higuera, contaba con una carta a su favor. La WGA de Alí Syed, sociedad instrumental a través de la que se habían comprado las acciones del Racing, había entrado en proceso concursal en Holanda, donde tenía su sede social. Y el equipo que trabajaba por recuperar la normalidad institucional en el Racing había contactado con su administrador, Onur Arslan. Fue a través de él como se presentó una denuncia en el Juzgado de Instrucción, que a su vez dictó un auto ordenando la celebración de la Junta como medida cautelar.

El Racing de Santander vivía tiempos convulsos, cuyo detonante final fue el plante de los jugadores en el partido de Copa ante la Real Sociedad, tan solo un día antes de que el Juzgado número 4 no solo diera luz verde a la junta, sino que abrió el procedimiento ordinario por la suspensión.

El relato de hechos que recoge la propia sentencia dictada ahora, señala que Ángel Lavín, como presidente, desconvocó la junta de accionistas un día antes de su celebración, y lo hizo mediante una nota de prensa suscrita por él mismo. El resto de consejeros fueron informados telefónicamente de la desconvocatoria.

Imagen del juicio celebrado en el Juzgado de lo Penal
Imagen del juicio celebrado en el Juzgado de lo Penal Sane

Entiende la magistrada que adoptó tal decisión porque supo que el administrador concursal de la compañía propietaria de la sociedad que se había convertido en accionista mayoritaria del Racing iba a asistir a la junta y, además, le había manifestado su intención de cesar al consejo de administración. Para el magistrado la intencion del Lavín se desprende de su propio comunicado de prensa anunciando la suspensión de la junta «con múltiples referencias personales directas al presidente, firmante del mismo».

En esa nota, que se incorpora a la sentencia, Lavín aludía a la responsabilidad que le mantenía en el cargo «sabedor de que al día siguiente de mi dimisión sobrevendría la liquidación del club si la sucesión no esta prevista». En esa nota siembra dudas sobre WGA Sport Holding y su solvencia e intenciones y señala que como «no se dan las circunstancias legales mínimas exigibles para dejar mi cargo (...) he decidido conjuntamente con mi consejo suspender la asamblea».

Por todo ello, la juez le considera autor de un delito societario, cometido en grado de tentativa, ya que «pese a la efectiva desconvocatoria, impeditiva del ejercicio de los derechos de los socios, no llegó finalmente a producirse, como consecuencia de la intervención del juzgado instructor», que adoptó la medida cautelar de mantener la convocatoria, «evitando que quedaran privados de los mismos».

Absueltos

La magistrada absuelve al resto de acusados, miembros del consejo de administración, al considerar que la actuación del presidente fue «preeminente» y los demás se limitaron a no objetar nada a la decisión adoptada. Ellos mismos atribuyeron «sustancialmente» esa decisión al consejero delegado. Uno de los consejeros manifestó que recibió la llamada del presidente el día 30 por la noche, «indicándole que se había asesorado y que iba a suspender la junta».

Otro de ellos, que cuando recibió la llamada «ya se había decidido» la anulación de la junta, y que él «no tenía ningún interés en que no se celebrara, no cobrando nada por su cargo, habiendo querido cesar ya anteriormente por los problemas sociales».

El tercero dijo recibir la llamada del presidente «diciéndole que había estado hablando con los abogados y que había que suspender la junta», así como que «la decisión ya estaba tomada», a lo que éste contestó que «si los abogados lo habían indicado, no había problema».

A juicio de la magistrada, aunque la decisión fuera colegiada, a la hora de establecer la autoría del delito hay que «hacer responder a cada interviniente en el hecho en función de su grado material de contribución al mismo» y en este caso «no ha quedado suficientemente enervada la presunción de inocencia» respecto a los demás consejeros encartados, aun cuando aceptaran las explicaciones y la decisión del presidente, especialmente «teniendo en cuenta la nula formalidad del acuerdo, que se traduce más bien en convencerles de su resolución por referencias a supuestos consejos profesionales, frente a los cuales, los restantes nada objetan».

Aunque la condena no es especialmente relevante, sí que puede tener consecuencias posteriores para el expresidente racinguista, que ya fue condenado recientemente por el intento de amaño de un Racing-Girona de la temporada 2012-13. Harry cargó con todas las culpas de aquella causa, liberando a su mentor, Francisco Pernía, de toda responsabilidad. Teniendo en cuenta que aún quedan por dilucidarse otras cuestiones, como la querella presentada por los exjugadores o la Acción Social de Responsabilidad solicitada por el racinguismo ese mismo 31 de enero de 2014, los antecedentes le pueden pasar factura a Ángel Lavín.

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