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Una mujer pasa por delante de una oficina de Liberbank. :: Reuters
Anulan en Cantabria el primer acuerdo entre cliente y banco para no reclamar la cláusula suelo

Anulan en Cantabria el primer acuerdo entre cliente y banco para no reclamar la cláusula suelo

El juzgado especializado declara nulo un compromiso con Liberbank en el que, a cambio de modificaciones en la hipoteca, los afectados renunciaban a acciones legales

ISABEL AROZAMENA

SANTANDER.

Miércoles, 1 de noviembre 2017, 08:03

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El juzgado de Primera Instancia número 2 bis de Santander, especializado en cláusulas suelo, ha dictado la primera sentencia en Cantabria que declara nulo un acuerdo en el que la entidad bancaria exige a sus clientes que desistan de plantear cualquier demanda judicial. El fallo, del pasado 25 de octubre, declara nulo un pacto firmado con Liberbank según el cual, a cambio de una modificación en su hipoteca, los afectados renunciaban a emprender acciones legales.

Si bien en el ámbito nacional varios jueces ya habían fallado en este sentido, se trata del primero en la comunidad cántabra que anula este tipo de acuerdos que los bancos alcanzaron con los clientes para tratar de frenar reclamaciones posteriores. Según el abogado defensor de los demandantes, Juan Manuel Brun Murillo, «podría sentar precedente de cara a nuevas reclamaciones judiciales al proceder del juzgado que se ha especializado en esta materia».

El caso se refiere a un cliente de la antigua Caja Cantabria, integrada hoy en Liberbank, que firmó en octubre de 2013 un acuerdo por el cual se dejaba sin efecto la cláusula suelo una vez transcurridos 18 meses desde la firma del mismo. Los afectados reclamaron la devolución de todo lo cobrado por este concepto desde que se firmó la hipoteca en 2011, «amparándonos en el efecto propagador de la nulidad de esta cláusula declarada abusiva», mantiene la defensa.

El juez considera, en su sentencia, que la declaración de la cláusulas suelo como nula no puede ser convalidada por ningún tipo de acuerdo posterior. Recuerda que El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) «ha aclarado que si se encuentra abusiva» una cláusula suelo la consecuencia, en principio, «debe ser el restablecimiento de la situación de hecho y de derecho en la que se encontraría el consumidor si la cláusula nunca hubiera existido para así lograr un efecto disuasorio». Y «si hay que operar como si la cláusula nunca hubiera existido, una posible transacción extrajudicial carecerá de objeto y no podrá, no deberá, producir efecto alguno». Para lograr una respuesta uniforme a este tipo de alegatos se alcanzó un acuerdo de unificación de criterios de todos los jueces de instancia y mercantil de Santander en abril pasado.

En Cantabria, Brun asegura que hay centenares de familias en esta misma situación, pues los bancos, tras conocerse que el Tribunal Supremo consideraba abusiva la cláusula suelo en 2013, trataron de alcanzar diferentes acuerdos con sus clientes, que fueron mejorando a medida que pasaba el tiempo y las posibilidades de que el cliente ganase en los tribunales eran mayores.

Además de declarar la nulidad de la cláusula suelo, el juzgado anula también la cláusula de vencimiento anticipado y condena a Liberbank a devolver las cantidades abonadas de más desde la formalización del préstamo.

El fallo no es firme ya que puede ser recurrido en apelación ante la Audiencia Provincial.

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