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Nueva sentencia: el permiso retribuido debe disfrutarse en días laborables

Nueva sentencia: el permiso retribuido debe disfrutarse en días laborables

El Supremo desoye el dictamen de Europa y considera que «solo tiene sentido si se proyecta sobre un periodo de tiempo en el que existe la obligación de trabajar»

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Viernes, 5 de junio 2020, 17:37

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Tres sentencias en apenas una semana sobre un mismo tema: los permisos retribuidos. El Tribunal Supremo desoye las consideraciones de la Justicia europea y establece ahora que, excepto en el caso del matrimonio, deben ser disfrutados íntegramente en días laborables. En un fallo con fecha del pasado 11 de marzo pero hecha pública este viernes, el Supremo anula en parte lo dicho por la Audiencia Nacional al considerar que «el permiso sólo tiene sentido si se proyecta sobre un periodo de tiempo en el que existe la obligación de trabajar, pues de lo contrario carecería de sentido que su principal efecto fuese ausentarse del trabajo». Lo normal, precisa, es que los permisos se refieran a días laborables, ya que los permisos se conceden «para su disfrute en días laborables pues en días festivos no es preciso pedirlos porque no se trabaja».

El alto tribunal admite así un recurso de CC OO, UGT y CGT y rechaza el presentado por Tecniberia. Los sindicatos interpusieron una demanda ante la Audiencia Nacional para que se declarara el derecho de las plantillas afectadas por el convenio colectivo de ingenierías y oficinas de estudios técnicos a que los permisos retribuidos se iniciaran en día laborable. Además, CC OO Servicios incluyó en su demanda que los permisos retribuidos (exceptuando el de matrimonio) fuesen disfrutados íntegramente en días laborables.

La Audiencia Nacional dio la razón a los sindicatos excepto en el hecho de que el permiso de matrimonio se inicie en día laborable. Tras la sentencia, los sindicatos presentaron recurso de casación ante el Tribunal Supremo sobre este punto. Por su parte, la empresa Tecniberia presentó recurso de casación para que éste anulara el resto de la sentencia de la Audiencia.

Así, el Supremo sigue una directriz contraria a la dictaminada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea solo un día antes y que establece que los permisos retribuidos no pueden solicitarse si el motivo por el que se requieren, como el nacimiento de un hijo o la hospitalización de un familiar, suceden durante los periodos de descanso semanal o vacaciones retribuidas. No obstante, precisó que este tema no competía a las autoridades comunitarias y debían resolver los tribunales de cada país, algo que ahora hace el Supremo.

También este tribunal dictó el pasado miércoles que el permiso por matrimonio debe comenzar a computarse a partir del primer día laborable inmediatamente posterior al enlace, igualándolo a otros permisos retribuidos como el de nacimiento o el de fallecimiento o enfermedad de parientes hasta segundo grado.

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