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Mesas electorales en Cataluña. EFE

Multas de más de 40.000 euros a quien trate datos del censo en las mesas del 1-O

Protección de Datos advierte de posibles infracciones a los integrantes de los centros de votación designados por la Generalitat

Mateo Balín

Madrid

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Viernes, 29 de septiembre 2017

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La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha advertido de una posible infracción de la normativa en la que podrían incurrir los integrantes de las mesas electorales que han sido designados para el referéndum unilateral de autodeterminación del domingo, suspendido por el Tribunal Constitucional (TC).

Las razones que esgrime Protección de Datos tiene que ver en el caso de que estas personas "tratasen y cediesen datos del denominado censo electoral catalán". El organismo responde así ante las consultas recibidas por parte de ciudadanos sobre su designación como miembros de las mesas electorales de la votación.

La Ley 19/2017, de 6 de septiembre, fue suspendida por el Tribunal Constitucional el 7 de septiembre de 2017. A su vez, conforme se indica en la providencia de 26 de septiembre de 2017, los miembros de la Sindicatura Electoral de Cataluña, a la que le correspondía la supervisión de la formación de las mesas electorales, renunciaron a sus cargos "dejando previamente sin efecto las resoluciones y los acuerdos adoptados".

De este modo, las mesas electorales no han llegado a formarse válidamente dado que, o bien su formación ha quedado revocada, como expresamente comunicaron al TC los miembros de la Sindicatura Electoral de Cataluña, o bien se habrían formado de modo irregular sin la obligatoria supervisión de la citada Sindicatura, al haber renunciado todos sus miembros a sus cargos.

Responsabilidad individual

Si en la votación prevista para el 1 de octubre se facilita a los miembros de las mesas electorales una copia del denominado censo electoral catalán, los integrantes de las mismas -al tratarse de órganos que no llegaron a tener existencia legal antes de la suspensión acordada por el Constitucional- no podrían tratar esos datos como miembros de un "órgano electoral" ni como personas físicas que estuvieran desempeñando competencias propias de la Generalitat, toda vez que el Alto Tribunal ha declarado que esta última carece de competencias para la convocatoria de consultas referendarias (STC 51/2017, de 10 de mayo).

La utilización por parte de esas personas del denominado censo, aunque se entregase en formato papel, se estaría llevando a cabo, en consecuencia, a título particular. De este modo estarían realizando, en su propio nombre, varios tratamientos de datos sin contar con legitimación para ello, afectando a más de 5,5 millones de personas, según el censo electoral de 2015. Tales tratamientos consitirían en, por una parte, señalar, en su caso, quiénes habrían depositado su papeleta, quiénes no habrían participado en la votación, y, por otra, en el traslado a un tercero, al término de la jornada, de la lista individualizada de las personas que han votado y las que no lo han hecho.

El tratamiento y la cesión de datos sin consentimiento suponen una vulneración de los artículos 6 y 11 de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD). En el caso de que se produjeran estas infracciones, los miembros de las mesas podrían ser sancionados, por cada una de ellas, −tipificadas en las letras b) y k) del artículo 44.3 de la LOPD− con multas de 40.001 a 300.000 euros, según el artículo 45.2 de la LOPD.

Lo califican de «mentira»

El consejero de Justicia de la Generalitat, Carles Mundó, ha calificado de "mentira" esta advertencia de la Agencia Española de Protección de Datos. "Es un intento de amenazar e intimidar, y de incorporar el miedo en el debate. Es un intento de espantar a la gente", ha lamentado el consejero durante una rueda de prensa.

Mundó ha dicho sentirse triste de que el Estado tenga como respuesta la intimidación ante la celebración del referéndum: "Solo hablan de multas, querellas y sanciones. A menudo lo que hacen es mentir, y en el caso de la Agencia de Protección de Datos es otra mentira".

Ha recordado que la Autoritat Catalana de Protecció de Dades se ha desmarcado de la alerta de la Agencia Española y ha asegurado que "en ningún caso se les puede multar", porque los integrantes de las mesas no son responsables del tratamiento de los datos personales.

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