El juez procesa al exalcalde de Santillana por prevaricación en la gestión del parking municipal
El instructor sostiene que para dar cobertura legal «se suscribieron dos contratos menores sin transparencia ni publicidad, y sin estudio económico de los técnicos del Ayuntamiento»
El titular del Tribunal de Instancia de Torrelavega Nº1, Pablo Fernández de la Vega, ha acordado el procesamiento del exalcalde de Santillana, Ángel Rodríguez (PSOE), ... al encontrar indicios de prevaricación en su gestión del servicio de parking municipal. Esta es la segunda pieza sobre la que se pronuncia el magistrado después de sobreseer la que también afectaba al exregidor, a la actual alcaldesa Sara Izquierdo y su hermana Stela y tres empresarios.
En un auto de procesamiento dado a conocer hoy, contra el que cabe recurso de reforma, el magistrado instructor acuerda, además, el sobreseimiento del delito de prevaricación en relación a Estacionamientos Iberpark, la empresa que gestionaba el servicio desde 2016, y a un funcionario municipal, y archivar las actuaciones en relación al delito de fraude en la contratación que afectaba a todos los investigados.
Esta resolución judicial da por finalizada la instrucción y ordena el traslado de las diligencias al Ministerio Fiscal para que, si así lo estima, presente escrito de acusación en el plazo de diez días. De hacerlo, el juez dictará el auto de apertura de juicio oral y pedirá al representante legal del investigado que formalice su escrito de defensa, paso previo a su enjuiciamiento.
En su auto, el instructor sostiene que la citada empresa gestionó el servicio público de aparcamiento de Santillana del Mar entre los años 2016 y 2020 y al finalizar el contrato se aplicaron dos prórrogas que estaban previstas en el mismo. Al término de la segunda de las prórrogas (15 de octubre de 2022), el secretario municipal informó al alcalde de que «era necesario sacar la licitación del contrato» para el año siguiente. Dicho informe se emitió «porque había que hacer mucho trabajo para la licitación y corría el tiempo». El alcalde respondió que quería que la empresa concesionaria realizara unas obras de reforma en uno de los aparcamientos, «lo que, según él, dificultaba la concesión».
Se hizo un trabajo preparatorio pero la obra en altura, por razones urbanísticas, no fue viable. En enero de 2023, el alcalde manifestó que había una subvención del Plan de Sostenibilidad Turístico en la que podía incluir la obra del aparcamiento. El secretario le reiteró que el tiempo corría.
A finales de febrero de 2023 se presentó el informe de viabilidad para sacar a concurso la gestión del aparcamiento, pero «no se hizo por decisión del alcalde, que manifestó que estaban próximas las elecciones y no le interesaba sacar en ese momento la licitación, y que dudaba si sacar el contrato como concesión o gestión de servicios».
Cinco meses después de que el secretario trasladara al alcalde la necesidad de sacar a licitación el servicio de estacionamiento, el 15 de marzo de 2023, «no se había iniciado trámite alguno» y el alcalde «fue advertido por el secretario de forma reiterada y expresa» de que debían hacerlo al ser competencia exclusiva suya, señala el instructor.
«Como se abstuvo de cumplir con su obligación, para dar alguna cobertura legal a la situación, se hizo un primer contrato menor de gestión del servicio por una duración de dos meses» con la misma empresa y se buscó su justificación en cubrir un plazo necesario para sacar la licitación en la forma prevista en la ley.
Pasados los dos meses, Rodríguez volvió a dar largas a las peticiones y advertencias del secretario y le dijo que tenía que hablarlo con el equipo de gobierno. «Cumplido el primer contrato, se adjudicó un segundo contrato con el pretexto de que el alcalde consultase al equipo de gobierno, consulta que era superflua».
Entre tanto, el equipo de contratación del Ayuntamiento hizo preparativos para sacar la licitación. Mientras, Iberpark alegó que se podía dictar un decreto de la Alcaldía por el que se prorrogase el contrato, aportando un ejemplo del aparcamiento de Zamora. Pero el secretario se opuso a la prórroga porque no tenía asidero legal y el caso de Zamora no era igual que el de Santillana del Mar.
Expirado el segundo contrato, el secretario informó al alcalde de que «no había solución jurídica y ahí acaba su relación e intervención jurídica», mientras que el alcalde acordó con la empresa «que continuase la prestación del servicio en calidad de precarista, figura inexistente en el ordenamiento administrativo, según el interventor municipal», recoge el instructor.
Fraccionamiento de contratos
El instructor apunta que los dos contratos menores «se fijaron sobre el límite legal para el contrato menor y en virtud de lo interesado por la empresa, sin que el personal técnico del Ayuntamiento hiciese estudio económico sobre sus importes». De hecho, el interventor puso de manifiesto las irregularidades en esa forma de contratación, que «eludió los criterios de transparencia y publicidad sin concurrir realmente urgencia o excepcionalidad para adoptar esta vía, ya que el objeto era el mismo y debía haber sido previsto con anterioridad». En definitiva, entiende el magistrado que «se hizo un fraccionamiento de contratos fraudulento con el propósito de eludir la contratación ajustada a las garantías legales establecidas por la naturaleza e importancia del servicio».
A la espera de conocer el desenlace de esta pieza, queda pendiente de resolverse la de las subvenciones al fútbol y la del borrado de datos municipales, que se encuentra en otro tribunal de instancia de Torrelavega.
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