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Lunes, 3 de diciembre 2018, 07:32
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La Audiencia Provincial de Cantabria ha absuelto al alcalde de Liérganes, Santiago Rego, de un delito de «prevaricación por omisión» en el restablecimiento de la legalidad urbanística por la instalación irregular de un toldo en una pérgola de jardín. Aunque el motivo del asunto pueda sorprender al tratarse de un tema que roza lo absurdo, lo cierto es que el regidor ha estado imputado 20 meses por lo penal, tras verse envuelto el Ayuntamiento en un conflicto entre vecinos colindantes por la instalación en la citada estructura de madera recubierta ilegalmente.
Los hechos se remontan al año 2013, cuando Santiago Rego ni siquiera tenía aspiraciones a la Alcaldía de Liérganes. Fue entonces cuando la Junta de Gobierno Local dictó una Resolución para legalizar la pérgola de la discordia. No obstante «por tratarse de un elemento no cubierto» instaba a su retirada al considerar que así «era ilegalizable» porque se transformaba la estructura en un «habitáculo». Todo esto se hacía también a instancias de la denuncia de otro vecino colindante al infractor.
El asunto acabó en los juzgados y el 5 de febrero de 2015 se dicta sentencia que obliga al Ayuntamiento a ejecutar subsidiariamente la demolición de los citados toldos. Es aquí, cuando a través de distintas resoluciones de Alcaldía se insiste al propietario de la pérgola a que retire esos elementos desmontables, cosa que hace hasta en dos ocasiones, tal y como relata el auto de la Audiencia. El problema era que el técnico acudía a certificar que se habían retirado los toldos instalados en la cubierta y en los laterales, pero tras hacerlo «el contumaz» vecino -tal y como lo describe el juez- volvía a ponerlos cuando se iban.
Poco más tarde, el mismo Ayuntamiento atiende un requerimiento del denunciado para instalar un cierre proyectado, que no vaya anclado a la estructura y legaliza un paravientos de cristal que se había instalado también junto a la fachada de la vivienda. Pero lejos de cumplir la legalidad esta vez, como habría deseado el Ayuntamiento, volvió a las andadas e instaló una estructura de toldos mediante raíles emitiéndose nuevo informe desfavorable del técnico.
El culebrón del toldo de 'quita y pon' no acaba aquí, porque aunque el juzgado dio por terminado el procedimiento en octubre de 2016, tras considerar que el Ayuntamiento había ejecutado la sentencia de 2015, un mes después dicta una Providencia donde -viendo la actitud del demandado- invitaba al denunciante a acudir a la vía penal si el alcalde no aplicaba de nuevo la disciplina urbanística y así fue.
Ahora, 20 meses después, el fallo de la Audiencia Provincial absuelve al regidor de todo delito por considerar «plenamente acreditado» que la administración municipal, desde el inicio, realizó numerosas actuaciones tendentes «a dar cumplimiento» tanto a su propia Resolución de 6 de noviembre de 2013, como a la sentencia de fecha de 5 de febrero que acordó su ejecución subsidiaria. El juez estima que «no se puede hablar de inacción» en este caso concreto y alude a la conducta «absolutamente obstruccionista del demandado» como generadora del conflicto.
Por su parte, el alcalde de Liérganes, Santiago Rego (ULP), mostró su alivio por la sentencia que lo exonera, pero lamentó el hecho de haber estado imputado tanto tiempo «tras una querella penal sin fundamento alguno» por un toldo que tenía licencia municipal de la Junta de Gobierno Local, tras el preceptivo informe favorable del arquitecto y el secretario municipal. «He pasado un calvario que he llevado en silencio con el apoyo de los concejales del equipo de Gobierno y de los funcionarios municipales. He redoblado mi confianza en la justicia, pero ha sido demasiado tiempo pendiente de una decisión judicial», valoró.
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