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EFE
Lunes, 7 de enero 2013, 19:46
La sección tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria ha ratificado una condena de dos años de cárcel para un gestor que se dedicaba a recaudar los impuestos municipales del Ayuntamiento de Santander y defraudó a Hacienda en el pago del IVA por los servicios que prestaba al Consistorio.
La sentencia, contra la que no cabe ya recurso, confirma un fallo anterior del Juzgado de lo Penal número 4 de Santander, que incluye junto a la pena de prisión multas por importe de unos 316.000 euros, la obligación de indemnizar a la Agencia Tributaria con el importe defraudado y la inhabilitación para recaudar tributos.
Según se explica en la sentencia, el acusado, Juan José R.V., trabajó durante varios años para el Ayuntamiento de Santander, encargándose de la recaudación de tributos, primero de forma personal y después a través de una empresa de la que poseía el 80 por ciento.
El acusado y su empresa pasaban al Consistorio las correspondientes facturas por realizar esa labor de recaudación y después declaraba el IVA correspondiente.
Pero en los años 2005 y 2006 declaró a Hacienda unos importes de IVA "irreales" y, con ello, se ahorró más de 316.000 euros que debería haber pagado a la Agencia Tributaria por este impuesto.
El Juzgado de lo Penal le condenó en enero de 2012 por dos delitos contra la hacienda pública y le impuso una pena de dos años de cárcel, multa por valor de los 316.000 euros defraudados y la obligación de indemnizar a la Agencia Tributaria con idéntico importe.
Además, acordó inhabilitarle para la gestión de recaudación de tributos y prohibió que pueda recibir subvenciones, ayudas públicas o beneficios fiscales durante seis años.
El acusado recurrió ante la Audiencia Provincial alegando que no había suficiente prueba de cargo en su contra y señalando además que actuó así porque no podía hacer frente al pago.
Lo achacaba al desfase temporal de un año entre el momento en el que él debía hacer frente al impuesto y el momento en el que finalmente cobraba las facturas del Ayuntamiento.
Sin embargo, la Agencia Tributaria replicaba que aunque no hubiera pagado no habría incurrido en fraude, porque lo que es delito no es no pagarlo, sino "faltar a la realidad" en las declaraciones de IVA.
El abogado del Estado recalcaba que el acusado podía haber pedido un crédito o solicitar el aplazamiento o fraccionamiento del pago del impuesto pero, en lugar de eso, lo que pretendía, añade, era "la ocultación de las cuentas".
La Audiencia Provincial secunda la tesis de la administración tributaria y asegura que el hombre actuó "con plena conciencia y voluntad de que estaba falseando los datos del IVA". Por ello, desestima su recurso y confirma la condena.
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