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Imagen de archivo de unos pescadores en el rio Asón, en mayo de 2020.
La temporada de pesca comenzará en abril y llega con una novedad: cada pescador podrá capturar dos salmones
Pesca

La temporada de pesca comenzará en abril y llega con una novedad: cada pescador podrá capturar dos salmones

DM .

Santander

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Viernes, 15 de enero 2021

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La nueva temporada de pesca en aguas continentales de Cantabria, que comenzará en abril, mantendrá los los cupos en la captura de truchas (seis por día), pero aumentará el de salmones: esta temporada cada pescador podrá capturar dos salmones. Además se aumentará el control de las especies invasoras.

El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) ha publicado este viernes la orden de la Consejería de Pesca que dicta las normas para 2021, en la que se establece que la nueva temporada arrancará el 1 de abril con los mismos periodos hábiles que en 2020 y con la principal novedad de cada pescador sólo podrán capturar dos ejemplares de salmón por temporada.

El consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, Guillermo Blanco, ha explicado que las novedades introducidas responden al empeño del Gobierno de hacer compatible esta actividad con la conservación y fomento de los «extraordinarios» recursos piscícolas que existen en los hábitats naturales de Cantabria.

«Queremos que la pesca se siga practicando en los ríos de Cantabria, respetando en todo momento el desarrollo sostenible de nuestro medio rural y la conservación de la biodiversidad», ha subrayado Blanco.

En el caso del salmón, el periodo hábil para su pesca se abrirá el 1 de abril y se cerrará el día que se alcance el número máximo de capturas autorizadas en cada río o, en su caso, el cupo ampliado. En caso de no alcanzarse la cuota autorizada, o en su caso la ampliada, el periodo hábil finalizará el 30 de junio.

Para la pesca de la trucha, será desde el 1 de abril al 31 de julio, ambos inclusive, mientras que para el cangrejo señal comenzará el 1 de julio y finalizará el 13 de octubre. En cuanto al resto de especies, comenzará el 1 de abril y finalizará el 31 de julio.

La temporada se desarrollará como es habitual de martes a domingo, incluidos los festivos de carácter nacional o regional en horario que variará en función del mes.

Tallas y cebos

Las tallas mínimas de los ejemplares variarán según la especie: para el salmón atlántico el límite se fija en 45 centímetros; para la trucha, en 21; para la lubina, en 36; para la platija, en 25; para los mugílidos, en 20, y para el resto, sin talla mínima.

En cuanto a cebos y señuelos, queda prohibido el uso de pez vivo o muerto, toda clase de huevos de peces, larvas de mosca de la carne, pulga de mar, larvas de efemerópteros y plecópteros, bingo, y cebos artificiales.

En la pesca con cebo natural sólo se permite el uso de un anzuelo sencillo de tamaño igual o superior a 4,5 milímetros desde la base hasta el arponcillo y de 5 milímetros de anchura de base.

Para la pesca del salmón se autoriza únicamente el uso de cebos artificiales y cucharillas de tamaño superior a 7 centímetros de longitud total y pala superior a 4 centímetros, así como cebos naturales (lombriz de tierra y quisquilla o esquila).

En el caso de la trucha se prohíbe el empleo de cucharillas de tamaño superior a 7 centímetros de longitud y pala superior a 4 y de cebo natural en los cotos. Para el cangrejo sólo se permite cebo muerto y cuando se utilicen trozos de pece como cebo, deberán proceder de ejemplares capturados legalmente en Cantabria o de especies comercializadas procedentes de acuicultura.

Para la pesca de ciprínidos, únicamente se autoriza el empleo de engodos y cebos vegetales, y se prohíbe la obtención o recolección de cebo natural en las aguas continentales. En cuanto a las artes y medios auxiliares solo se autoriza la peca con caña, salvo los reteles autorizados para la pesca del cangrejo señal, no pudiendo cada pescador utilizar a la vez más de una caña.

Se prohíbe la pesca desde embarcación y desde cualquier aparato de flotación en todas las aguas, y como elemento auxiliar para la extracción de las capturas que hubieran mordido el anzuelo o señuelo, sólo podrá emplearse la sacadera, que será en todo caso obligatoria en la modalidad de captura y suelta.

Durante la actividad se respetará entre los pescadores una distancia de diez metros cuando utilicen aparejos flotantes de fondo, mosca artificial, devones, cucharillas y peces artificiales, entre otros. En la pesca de salmón bastará el espacio necesario para que no se alcancen los aparejos.

En los pozos salmoneros queda limitado el derecho del pescador a no más de 30 minutos para el primer ocupante, siempre que haya otros pescadores que deseen hacerlo en el mismo pozo.

Para el cangrejo señal, sólo se autoriza el empleo de reteles de un máximo de 42 centímetros, con un máximo de seis por pescador y situados todos ellos en un tramo no superior a los 100 metros de longitud.

Con el fin de evitar la expansión y proliferación del mejillón cebra y de la almeja de río asiática, se prohíbe la utilización de reteles usados antes fuera del territorio. Además, para evitar la traslocación de las larvas de esta almeja entre cuencas, se prohíbe en la del Camesa los reteles usados con anterioridad en la cuenca del Ebro.

En el caso del salmón, se establece un máximo anual de capturas autorizadas para cada río de manera que en el Asón y Pas se podrán capturar 30 ejemplares; en el Nansa, 20, y en el Deva, 15.

Por otro lado, quedan vedados todos los afluentes de los cotos y vedados de pesca 50 metros aguas arriba de su confluencia y en el caso de la pesca sin muerte sólo se autoriza el empleo de señuelos artificiales con un único anzuelo simple que deberá estar desprovisto de arponcillo o muerte. Además, todas las capturas, salvo las especies exóticas invasoras que deban ser sacrificadas, deberán ser devueltas al agua inmediatamente y será obligatorio el uso de sacadera.

Se prohíbe la comercialización de todos los ejemplares de especies piscícolas o sus huevos, salvo los procedentes de piscicultura autorizadas y el campanu o primer salmón capturado en Cantabria.

Las competiciones deportivas de pesca, que deberán ser siempre en la modalidad de pesca sin muerte y con un máximo de ocho pescadores al día, sólo se podrán celebrar en el escenario deportivo de Rudagüera, que permanecerá reservado para tal fin todos los sábados, domingos y festivos de la temporada.

En el caso del cangrejo señal, carpa, black mass y la trucha arco iris, especies exóticas invasoras todas ellas, se prohíbe la posesión y el transporte en vivo, así como su introducción en el medio natural. Además, aquellos ejemplares que sean extraídos de la naturaleza no podrán ser devueltos al medio natural en ninguna circunstancia.

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