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El Juzgado anula la reducción salarial del 5% y ordena devolver dinero para Cantur

El fallo ordena la devolución de las cantidades detraídas desde el 1 de junio de 2010, tras la sentencia del Tribunal Constitucional que declaró que esa medida contraviene la ley estatal

EFE

Viernes, 24 de enero 2014, 15:16

El Juzgado de lo Social ha anulado la reducción salarial del 5 % para el personal no directivo de Cantur, con la devolución de las cantidades detraídas desde el 1 de junio de 2010, tras el fallo del Tribunal Constitucional que declaró que esa medida del anterior Gobierno contraviene la ley estatal.

Hace unos días se conoció que el Tribunal Constitucional ha anulado la rebaja de un 5 % del salario de los empleados de las empresas públicas cántabras, que aprobó el anterior Gobierno de Cantabria en 2010 y cuya aplicación se llevó a cabo a partir del 1 de junio de ese año.

En una sentencia de el pasado 19 de diciembre, el TC estimó la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Juzgado de lo Social número 1 de Santander ante las demandas interpuestas por los sindicatos CCOO y SIEP.

La reducción salarial se produjo al aplicar el anterior Gobierno (PRC-PSOE) en la comunidad autónoma el decreto del Ejecutivo central de agosto de 2010, que recogía la reducción del 5 % del salario anual al personal del sector público.

Pero el TC señaló en su resolución que la norma estatal indica que esa reducción no tendría efecto en el personal no directivo de las sociedades mercantiles dependientes de la administración, salvo si existía una negociación colectiva en la que así se decidiera.

Por este motivo, el Alto Tribunal consideró que existe "contradicción" entre la norma básica, que regula el decreto aprobado por el Gobierno central, y su aplicación por el Ejecutivo cántabro -que llevó su aplicación en la Ley de Presupuestos Regionales de 2010-, ya que éste redujo también el salario a los empleados de las empresas públicas.

Ahora, tras el fallo del Constitucional, el Juzgado de lo Social número 1 de Santander ha anulado la reducción salarial, con la devolución de las cantidades que se habían detraído a los empleados de Cantur -a los que se refiere todo este proceso judicial- desde el 1 de junio de 2010.

Contra este fallo del Juzgado de lo Social número 1 de Santander cabe recurso ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria .

En un comunicado, el sindicato demandante SIEP ha confiado en que, tras "el largo camino" recorrido, "no se recurra" y se abonen las cantidades a los trabajadores.

"La prepotencia de los gobernantes les lleva a dictar leyes que vulneran la Constitución Española y que a los ciudadanos nos obliga a acudir a los tribunales de Justicia para defender los derechos básicos y el cumplimiento de la norma", señala SIEP.

Además, en otra sentencia, fechada el 16 de enero, el Tribunal Constitucional ha declarado también inconstitucional y nulo ese incremento salarial del 5 % a los empleados de las empresas públicas cántabras, en este caso tras una demanda planteada por SIEP y UGT, contra su aplicación en la empresa de Servicios de Emergencias de Cantabria (Semca).

Como ocurrió en la otra sentencia de diciembre, tras una demanda similar de SIEP y CCOO por la aplicación de la rebaja en Cantur, el TC indica que existe una "contradicción" entre la ley básica, aprobada por el Gobierno central, y la normativa del Ejecutivo cántabro.

Porque, según el TC, en la ley básica "resulta taxativa" la exclusión de esa reducción salarial -aprobada por el Gobierno central en 2010- de los empleados de empresas públicas.

"Aplicar dicha reducción salarial a la masa salarial de cada una de las sociedades mercantiles cántabras, entre otras entidades, contradice de forma patente la norma básica estatal", insiste el TC.

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