Borrar

El TSJC confirma el derecho de una inmigrante con Sida a permanecer en España

Ha confirmado el derecho de la mujer a prorrogar su permiso de residencia en España por razones humanitarias, para que pueda seguir recibiendo asistencia sanitaria especializada no accesible en su país de origen

redacción

Lunes, 18 de agosto 2014, 18:41

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha confirmado el derecho de una inmigrante con Sida a prorrogar su permiso de residencia en España por razones humanitarias, para que pueda seguir recibiendo asistencia sanitaria especializada.

De esta forma, en una sentencia dictada el 11 de julio, la sala desestima un recurso de la Delegación del Gobierno en Cantabria y ratifica la decisión adoptada en febrero por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Santander.

El Juzgado reconoció el derecho de esta mujer a prorrogar la autorización de residencia temporal en España que le había concedido la Administración por sufrir una enfermedad grave sobrevenida que requiere atención especializada no accesible en su país de origen. Agotado el plazo de esa autorización -de un año-, la mujer solicitó una prórroga y la Delegación del Gobierno se la denegó.

La Administración alegaba que en este caso no cabía la posibilidad de prorrogar el permiso temporal, sino, en todo caso, solicitar una modificación para convertirlo en una autorización de residencia o una autorización de residencia y trabajo.

Sin embargo, el Juzgado consideró que la legislación vigente sí que permite prorrogar la autorización temporal en este supuesto y concluyó que lo procedente era prorrogar la autorización por razones humanitarias ya concedida.

La Delegación del Gobierno recurrió ese fallo ante el TSJC y ahora es la Sala de lo Contencioso Administrativo la que resuelve de nuevo a favor de la mujer. El Tribunal destaca que la Administración no niega que aún persistan las razones humanitarias que le llevaron en su día a conceder el permiso de residencia temporal a esta mujer, de 38 años, que requiere de una asistencia sanitaria especializada que, de suspenderse, pondría en riesgo su salud o su vida.

En su sentencia, la sala reconoce que la lectura literal de uno de los apartados del reglamento de derechos y libertades de los extranjeros en España prevé la posibilidad de prórroga en algunos supuestos -por ejemplo, cuando el afectado es menor de edad- y "parece excluir" aquellos que no cita de forma expresa.

Sin embargo, señala otro artículo del mismo reglamento que indica que la renovación de estas autorizaciones "se vinculará al tiempo mínimo necesario para completar el tratamiento".

Y ante la ausencia de especificación, el TSJC considera que "cabe concluir" que las prórrogas están permitidas "mientras se mantenga la necesidad de tratamiento, sea mayor o menor el extranjero enfermo", aunque por un máximo de un año.

Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios

eldiariomontanes El TSJC confirma el derecho de una inmigrante con Sida a permanecer en España