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Marcelino Fernández Arnaiz, en una imagen de archivo./SE QUINTANA.
Tribunales

El 'pederasta de Astillero', condenado a nueve años de cárcel

La Audiencia de Cantabria ha establecido esa pena en relación a su último abuso a una menor, ocurrido en agosto del año pasado

EFE |

Miércoles, 15 de julio 2009, 18:23

Fernández Arnáiz, de 55 años, es un pederasta multirreincidente que lleva más de dos décadas entrando y saliendo de prisión por abusos a menores, a los que suele abordar en lugares públicos ofreciéndoles golosinas.

Así ocurrió el pasado 23 de agosto, recién cumplida su última condena, cuando se acercó a una niña de seis años en un parque de Santander, se la llevó a un callejón y abusó sexualmente de ella hasta que fue sorprendido por un vecino, como acaba de declarar probado la sección primera de la Audiencia de Cantabria.

'El pederasta de Astillero' ha sido detenido múltiples veces por delitos sexuales cometidos contra menores, concretamente, en los años 1980, 1983, 1986, 1990, 1999, 2000, 2002, 2003 y 2008, y hasta ahora, cada vez que ha cumplido su pena, ha vuelto a reincidir.

De hecho, la que hasta hoy era su última condena fue por haber abusado de una niña de seis años el 13 de octubre de 2002 en Torrelavega, a los dos meses y medio de haber salido del Centro Penitenciario de Foncalent (Alicante), donde había cumplido dos condenas de 15 y 18 meses de internamiento psiquiátrico.

Su caso, junto al de la niña 'Mari Luz', fue uno de los que movió el año pasado al Gobierno a impulsar una reforma penal para elevar las condenas en determinados delitos y para establecer medidas de libertad vigilada sobre los pederastas reincidentes, según reconoció el entonces ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo.

Durante el juicio, celebrado el pasado día 6, Fernández Arnaiz negó los hechos que se le imputaban, aunque su propio abogado se había mostrado partidario de aceptar los cargos formulados por la Fiscalía, una circunstancia que señala en los fundamentos de la sentencia el presidente la Audiencia de Cantabria, José Luis López del Moral, ponente de la resolución.

Sin embargo, Fernández Arnaiz tenía en su contra el testimonio del vecino que lo había sorprendido tocando y besando a la niña y también la grabación de vídeo de la tienda de golosinas donde había entrado, unos minutos antes, con esa menor y otro niño.

La sentencia impone al acusado la pena que solicitaba el Ministerio Fiscal, como autor de un delito de agresión sexual, con la agravante de reincidencia y sin ningún tipo de atenuante.

El tribunal razona que no procede conceder a Fernández Arnaiz atenuante alguna, porque los informes forenses señalan que "no padece patología psicótica o afectiva mayor", que su inteligencia está dentro de la normalidad y que "sus capacidades cognitiva y volitiva son suficientes para discernir el bien y el mal".

En esa misma línea se manifestaron los psicólogos que informaron al tribunal durante el juicio, quienes indicaron que, si bien el acusado sufre paidofilia y un trastorno disocial de la personalidad, eso no influye en su imputabilidad.

"En definitiva, el hecho cierto, confirmado por la reiteración de hechos similares a los aquí enjuiciados, es la paidofilia del procesado y su inteligencia límite dentro de la normalidad, pero en modo alguno se acredita que su tendencia sexual sea causa o consecuencia de una enfermedad mental, o que sea incapaz de controlar su impulso sexual", explica el magistrado ponente.

La sentencia condena además a Fernández Arnaiz a indemnizar a los padres de la menor con 3.000 euros y le prohíbe acercarse a la niña durante los próximos doce años.

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