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abel verano / mario cerro
Jueves, 1 de octubre 2015, 16:54
El futuro profesional del juez Luis Acayro Sánchez está en el aire después de la sentencia del Tribunal Supremo que revoca el sobreseimiento y archivo de la causa que se sigue contra él por un presunto delito de descubrimiento y revelación de secretos en una actuación del que fuera titular hasta el pasado mes de junio del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 2 de Castro Urdiales. El Alto Tribunal ha estimado los recursos tanto de la Fiscalía como de la acusación particular ejercida por el constructor Jon Loroño gerente de Promociones Paraíso, que acusó al juez de revelar sus antecedentes penales ya cancelados en el trámite de unas diligencias informativas que se seguían ante el Consejo General del Poder Judicial. Con esta decisión, el magistrado se queda a las puertas de un juicio oral que correrá a cargo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, lo que supone que el juez tendrá que sentarse en el banquillo de los acusados, todo un precedente en la judicatura cántabra.
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Fue el propio TSJC el que hizo suyos en febrero todos los alegatos del juez imputado y acordó el archivo de la causa. Aquella resolución no fue unánime y contó con el voto discrepante del magistrado Juan Piqueras, partidario de continuar el procedimiento y celebrar juicio. El hecho de que el sobreseimiento del caso fuera libre y no provisional posibilitó el recurso extraordinario ante el Alto Tribunal. Ahora, siete meses después, la Sala II del Supremo, con Juan Ramón Berdugo como ponente, se posiciona a favor de las tesis del promotor castreño y de la Fiscalía.
En su fallo, se señala que el querellado actuó de forma voluntaria, con conocimiento del carácter reservado de los datos a los que accedió al margen de cualquier procedimiento o expediente. «Solo así puede afirmarse a la vista de su profesión de Juez de instrucción». Y va más lejos al reprobar su actitud: «La dinámica de su comportamiento pone de relieve que actuó consecuentemente en perjuicio del titular de los datos que, no solo obtuvo ilegalmente, sino que transmitió a terceros. Y, además, hemos de entender que en este caso en principio el perjuicio existió, pues el querellado con su acción puso al descubierto los datos obrantes en el Registro de Penados, que se encontraban cancelados, cuyo carácter reservado está fuera de toda duda y con ello dañó el derecho de su titular a mantenerlos secretos u ocultos».
El Supremo aprecia en la actuación del juez indicios del delito perseguido en el artículo 197.2 del Código Penal, que castiga con entre uno y cuatro años de cárcel «al que, sin estar autorizado, se apodere, utilice o modifique, en perjuicio de terceros, datos reservados de carácter personal o familiar de otro que se hallen registrados en ficheros o soportes informáticos, electrónicos o telemáticos, o en cualquier otro tipo de archivo o registro público o privado». Iguales penas se impondrán a quien, sin estar autorizado, acceda por cualquier medio a los mismos y a quien los altere o utilice en perjuicio del titular de los datos o de un tercero.
Silencio de magistrado
Tras conocer el fallo del Supremo, este periódico se puso en contacto con ambas partes. El magistrado, que ahora trabaja en el Juzgado de lo Contencioso de Santander, atendió la llamada de EL DIARIO, pero declinó hacer cualquier tipo de valoración «porque nunca las he hecho». El que sí habló fue el promotor castreño. Jon Loroño aseguró que «la justicia es lenta, pero acaba llegando». El promotor confía en que el magistrado acabe fuera de la judicatura: «Los jueces no son estrellas, son gente normal. Acayro está haciendo un daño increíble, pero afortunadamente el resto de jueces no son como él».
recíproca animadversión
La sentencia del Supremo prolonga el enfrentamiento que mantienen desde hace seis años el magistrado Luis Acayro Sánchez y el constructor Jon Loroño. Una guerra sin cuartel provocada por las presuntas irregularidades urbanísticas denunciadas por el juez cuando inició su investigación en el municipio castreño. Fruto de esta recíproca animadversión son las dos querellas que a lo largo de 2014 promovió el constructor castreño contra el juez, una de ellas con victoria del instructor y esta segunda, que puede acabar con la carrera judicial de Acayro. El Supremo ha acordado devolver las actuaciones al Tribunal Superior de Justicia que tendrá que continuar la tramitación de la causa, lo que supondrá la apertura de juicio oral.
El empresario castreño llevó a los tribunales a Acayro Sánchez por obtener de forma irregular sus antecedentes penales y utilizarlos en su propio beneficio en el expediente disciplinario iniciado en el Consejo General Poder Judicial a raíz de una queja de Loroño. La querella fue instruida por la magistrada de la Sala Civil y Penal, Paz Hidalgo, que encontró indicios de delito de descubrimiento y revelación de secretos en la actuación del juez castreño y transformó las diligencias penales en procedimiento abreviado, paso previo a la apertura de juicio oral. En este trámite, el fiscal fue implacable con Acayro Sánchez, le acusó de obtener «torticeramente» la hoja penal del constructor y pidió dos años y ocho mes de prisión. También el empresario formuló escrito de acusación y solicitó tres años de cárcel y ocho de inhabilitación para el juez.
Pero el magistrado acudió directamente a la Sala de lo Civil y Penal para reivindicar su inocencia. El abogado del Estado, que asumió su defensa, alegó que esos antecedentes penales no tenían carácter reservado y que el magistrado sólo intentó defenderse dentro del procedimiento disciplinario iniciado por el máximo órgano de gobierno de los jueces. Todos sus argumentos fueron atendidos por la Sala, que en un auto dictado por las magistradas Esther Castanedo y Elena Pérez archivó el caso al no observar responsabilidad penal alguna en la conducta de su colega.
Delito "imposible"
La Sala entendió que ni los antecedentes penales de Loroño fue condenado por la Audiencia Nacional a dos años por colaboración con banda armada eran secreto, ya que habían sido publicados en un medio de comunicación (Interviú), ni su aportación en el procedimiento disciplinario perjudicó al constructor ni el juez Acayro tuvo intención de hacerlo, sino que actuó así para defenderse de la denuncia del constructor. Pero, además, la Sala dijo que se trataba de un «delito imposible», pues solo la secretaria del juzgado tenía acceso al Registro de Penados.
Precisamente, la secretaria judicial, Paloma Colsa, fue imputada en la investigación después de que el juez castreño declarase que fue esta funcionaria la que pidió los antecedentes al registro. Tras oírla, Paz Hidalgo levantó la imputación al entender que accedió al Registro de Penados porque el juez se lo pidió y porque creyó que estaba autorizada para ello. Sin embargo, las magistradas firmantes del auto se sirvieron de este hecho para descargar de toda culpa al juez. Aseguraron que Acayro Sánchez «no estaba autorizado para acceder al Registro de Penados; es más, le era imposible acceder al mismo», de manera que «si el simple acceso a este registro y su contenido fuera constitutivo de delito, sólo la secretaria judicial hubiera podido cometerlo, siendo un delito imposible para un magistrado», explica el auto.
Sin embargo, el juez Piqueras emitió un voto particular tajante en el que reflejó sus diferencias al entender que hubo «indicios de criminalidad en la conducta» de Acayro. En su escrito, Piqueras defendió que sí hubo revelación de secretos porque los datos publicados en Interviú fueron mucho más escuetos que los recogidos en la hoja histórico penal.
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