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Expertos alertan del caos de concursos empresariales al acabar la moratoria legal

Piden exonerar créditos públicos y que se refuerce la figura del administrador concursal en la reforma

Miércoles, 25 de agosto 2021, 19:47

España tiene una muy baja tasa de concursos empresariales en comparación con otros países de Europa. Sin embargo, este dato, en lugar de ser reflejo de una buena salud del tejido empresarial, lo que muestra es la ineficiencia y el fracaso del sistema concursal español, que provoca una «economía sumergida concursal», según el Registro de Economistas Forenses (REFOR). De acuerdo con el informe de insolvencias en Europa del año 2020 de Creditreform, en España se registraron 13 concursos por cada 10.000 empresas frente a las 347 de Luxemburgo o las 78 de Francia. Como el procedimiento concursal español no es atractivo para las compañías, en los malos momentos buscan otros caminos o, si ya no les queda más remedio, acuden al concurso pero demasiado tarde; por ello, el año pasado los concursos 'exprés' representaron el 47% del total, porque cada vez llegan empresas en peor situación.

A pesar de esta baja tasa de procedimientos concursales, todos los expertos vaticinan una «avalancha» de ellos el año que viene tras acabar la moratoria concursal aprobada por el Gobierno con motivo de la pandemia y que concluye el 31 de diciembre. De hecho, desde el REFOR anticipan que el «caos a principios de 2022 estará asegurado» con el fin de la moratoria. Esta es una razón más para que la reforma de la ley concursal que tiene que aprobarse para trasponer la directiva comunitaria acierte con los cambios. Sin embargo, desde el Registro de Economistas Forenses, que preside Juan Carlos Robles, aun reconociendo que introduce mejoras como el impulso de los planes de reestructuración y el procedimiento específico para las microempresas, advierten que ciertas deficiencias «podrían dar al traste» con los objetivos. Por ejemplo, los privilegios de los créditos públicos, que representan más del 20% de las deudas en los concursos. Para el REFOR, esto va en contra de la corriente general que trata de igualar el crédito público al privado en los casos de insolvencia, «puesto que cualquier privilegio en situaciones de escasez supone una apropiación de los derechos de los demás acreedores». Los Economistas Forenses, en sus alegaciones al proyecto de reforma, proponen una exoneración del crédito público limitada al periodo de liquidación y los dos ejercicios anteriores.

Más de 20% de las deudas en las quiebras y suspensiones de pagos son créditos públicos

Asimismo, reclaman que se nombre un administrador concursal en todos los supuestos de liquidación, pues de lo contrario «podrían no detectarse comportamientos antijurídicos del deudor o falsedades». Y defienden que aunque se simplifiquen los procedimientos, el experto en reestructuración sea un profesional cualificado y se regule por ley.

Seguridad jurídica

Por su parte, la Asociación Profesional de Administradores Concursales (ASPAC), que preside Diego Comendador, considera que el anteproyecto va en contra de la Directiva, ya que esta «potencia» la figura del administrador concursal, mientras que el anteproyecto la excluye, lo cual «supone un gran riesgo para la seguridad jurídica de los acreedores, que quedan desamparados en el nuevo marco regulatorio, y de todo el procedimiento».

ASPAC destaca que las insolvencias siguen multiplicándose aun estando en plena moratoria concursal y cuando finalice esta moratoria, «los procedimientos concursales desbordarán los juzgados, y la desaparición de la figura del administrador concursal supondría su colapso definitivo». Para ASPAC, la creación de un experto en reestructuraciones indefinido, «que no presenta más requisitos legales que tener experiencia, que es propuesto por una parte interesada como es el el deudor y sobre el que el juez no tiene ninguna capacidad de nombramiento separada, es un sinsentido».

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