Borrar
Instalaciones de la empresa Paruvi, situadas en Tanos, junto a la Autovía de la Meseta. Luis Palomeque
Industria cree que las naves de Paruvi son legalizables por su «interés social»

Industria cree que las naves de Paruvi son legalizables por su «interés social»

El Gobierno considera que las instalaciones, construidas en terreno no urbanizable, son imprescindibles para la empresa, propiedad del concejal Rufino Sasián

José Ignacio Arminio

Torrelavega

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Lunes, 13 de agosto 2018, 07:27

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

Las naves de la empresa Paruvi son legalizables porque pueden ser consideradas de interés público o social, según un informe de la Dirección General de Industria. Las instalaciones, construidas en suelo no urbanizable de Tanos, son propiedad del concejal de la oposición Rufino Sasián, que no ha querido hacer declaraciones sobre un viejo y espinoso asunto que espera resuelva definitivamente en las próximas semanas la Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo (Crotu). Sasián se ha limitado a señalar que no va por el Ayuntamiento desde hace varios meses por problemas de salud y ha desmentido que la relación con sus compañeros de grupo político (Torrelavega Sí) se haya enfriado como apuntan algunos rumores.

Atendiendo un escrito del Consistorio, fechado el pasado mes de abril, en el que solicitaba el pronunciamiento sobre el interés social que tendría la legalización de dos naves de Paruvi, la Dirección General de Industria emitió el referido informe basándose en diversas consideraciones. En primer lugar, recuerda que el Plan de Acción Besaya 2016-2018 define la comarca como «un territorio clave en la evolución y definición de Cantabria, en la comprensión de su desarrollo económico y de la actual estructura productiva regional».

Asimismo, dicho Plan establece que en los últimos años se ha asistido a una etapa de declive en la actividad industrial que «ha afectado a la zona en su conjunto y de manera especial a su principal municipio: Torrelavega». Y añade que esta reducción de la actividad industrial se ha proyectado negativamente en el resto de sectores de actividad, con alta dependencia de la que «ha venido siendo su principal fuente de empleo y capacidad adquisitiva».

Basa su informe en lo establecido en el plan para dinamizar la economía de la comarca

El informe señala que es por ello que dicho Plan de Acción establece una serie de líneas de actuación, objetivos y medidas, entre las que destaca tres: la promoción empresarial, la regeneración industrial y la promoción del empleo. Después de desglosar cada una de ellas, la Dirección General de Industria indica que es por ello que, a la vista de lo establecido en el citado Plan de Acción y de la solicitud de autorización para la legalización de las dos naves, este organismo entiende que «las mismas son imprescindibles para el funcionamiento de la empresa en su conjunto, puesto que de esta forma hacen a la misma más competitiva y, desde el punto de vista del municipio de Torrelavega, consolidan y fortalecen el tejido empresarial, además de asegurar sus capacidades competitivas».

Defensa del empleo

Por otro lado, la Dirección General de Industria dice que se consolida el empleo de entre 30 y 40 trabajadores, y se mantiene la viabilidad económica de la empresa, que «si no se vería comprometida». Finalmente, asegura que la construcción de estas naves en el medio rural ha sido necesaria para ampliar las instalaciones colindantes de la empresa y es necesario para su funcionamiento que estén situadas en las proximidades, por lo que «haría inviable la ampliación de la actividad en un polígono industrial, aunque estuviera cercano».

Todos los intentos de Rufino Sasián por legalizar sus instalaciones, situadas en el barrio La Llamiega, se han topado con la negativa municipal. La última vez el pasado mes de mayo, cuando el Ayuntamiento le denegó la licencia de obra para el relleno de una finca con canto rodado por carecer de un Plan Parcial redactado y aprobado que permita desarrollar ese suelo, clasificado en el Plan General como urbanizable no programado (residual).

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios