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EFE
Jueves, 25 de febrero 2010, 13:22
La Audiencia de Cantabria ha impuesto cinco años y medio de prisión a un individuo de nacionalidad colombiana que traficaba con cocaína porque recibía envíos postales que contenían esa droga y que, además, fue sorprendido con varios documentos de identidad falsos.
Además, la sección primera de la Audiencia de Cantabria ha impuesto a este hombre una multa de 25.000 euros y otra de 900 euros.
Según se recoge en la sentencia, el acusado, Rafael Eduardo P.R., de nacionalidad colombiana y en situación ilegal en España, concertó a mediados de 2009 una reunión en un domicilio de Cantabria con personas desconocidas para recibir un paquete que contenía cocaína.
Además, en agosto de ese año funcionarios de Vigilancia Aduanera de la Agencia Tributaria detectaron en la aduana del aeropuerto de Madrid un paquete postal remitido desde Costa Rica que contenía 214 gramos de cocaína.
La sentencia explica que la entrega de ese paquete se realizó unos días más tarde en un piso de la calle Magallanes de Santander, a una persona que se identificó con el nombre que figuraba en el destinatario del paquete y que resultó ser el acusado.
Esta persona facilitó una cédula de vecindad de Guatemala con ese nombre supuesto y su foto real y firmó la hoja de entrega del paquete.
En el registro de ese piso la Policía halló una papelina de cocaína, 141 euros, tres teléfonos móviles, y una televisión de plasma, entre otros efectos adquiridos con la ganancia de su participación en un delito contra la salud pública.
Asimismo, se encontró la cédula de vecindad de Guatemala citada, otra de Colombia con otro nombre supuesto y un pasaporte.
El valor de la droga intervenida asciende a más de 12.700 euros.
La sentencia explica que los hechos que se declaran probados no fueron negados por el acusado, que reconoció en el juicio su participación en la entrega controlada del paquete y confirmó la forma en que se produjo.
La Audiencia establece que los hechos que se imputan al acusado constituyen un delito contra la salud pública y otro de falsedad en documento público, dado que Rafael Eduardo P.R. estaba en posesión de hasta tres documentos oficiales en los que figuraba su fotografía y que estaban expedidos a nombre de personas distintas.
El tribunal señala que en este caso no se dan circunstancias que puedan modificar la responsabilidad penal.
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