El Supremo avala la libre circulación de camiones por la A-8 los festivos y los fines de semana
Los magistrados reprochan al Gobierno vasco que limite la entrada de vehículos pesados a Euskadi desde Cantabria
JOSU GARCÍA
Viernes, 5 de agosto 2011, 14:10
El Tribunal Supremo acaba de anular las órdenes promulgadas por el Gobierno vasco en 2006 y 2007 que prohibían a los camiones circular por la A-8 los festivos y fines de semana. Las dos sentencias, a las que ha tenido acceso EL DIARIO, suponen un fuerte varapalo para el Ejecutivo autonómico. Ambas dan la razón a las autoridades cántabras, que denunciaron el caso al considerar que su comunidad quedaba en la práctica «aislada» por este tipo de medidas. Aunque con menor intensidad, las restricciones al tránsito de vehículos pesados continúan actualmente vigentes en la autopista que enlaza Santander y Bilbao en época estival y, sobre todo, en los días en que las carreteras del país vecino están cerradas a los transportistas.
La clausura del paso transfronterizo está en el origen de este polémico conflicto. Las sucesivas medidas que cada año, desde 1997, articula la Administración vasca tienen por objetivo mitigar las consecuencias de la decisión gala de vetar la entrada de tráfico pesado a su territorio en determinadas jornadas del año. Con anterioridad a esta fecha, la llegada masiva de tráilers a los alrededores de Irún obligaba a sus propietarios a aparcar hasta en los arcenes de la autovía y sumía a Behobia en un auténtico caos circulatorio. Los problemas en Gipuzkoa no tardaban en extenderse a Bizkaia.
Las resoluciones judiciales que ahora han sido dictadas dejan bien claro que no se puede limitar el uso de la A-8 por este motivo o, al menos, con este argumento justificativo. «Este problema -señalan los magistrados con contundencia- deberá resolverse por vías distintas: por ejemplo con la habilitación de adecuadas y suficientes zonas de aparcamiento para los camiones, pero no se puede generar una situación como la que se ha producido de hecho, cual es que, al menos en dirección a Francia, se ha impedido la circulación de una específica clase de vehículos».
Los dos fallos del Supremo señalan que las autoridades vascas han venido soslayando una primera sentencia que este mismo tribunal dictó a comienzos de 2005 y que forzó al Gobierno vasco a modificar ligeramente -y «en contra de su voluntad», como manifestaron en más de una ocasión los responsables de la Consejería de Interior- su política en esta materia. A consecuencia de este primer aviso del alto tribunal, el Ejecutivo autonómico, que estaba por entonces dirigido por Juan José Ibarretxe, aflojó ligeramente la presión sobre los transpostistas, con la introducción de una serie de corredores por los que los profesionales podían supuestamente circular en dirección al país vecino con más o menos normalidad.
«Es una prohibición total»
Sin embargo, ahora, los magistrados señalan que estas modificaciones no han sido suficientes. «Las restricciones a la circulación por los supuestos corredores son de tal alcance que impiden considerarlos como tales», valoran los responsables de la Sección 3 de la Sala de lo Contencioso Administrativo del alto tribunal. «Si no se puede circular por determinados tramos de estas vías y no hay carreteras alternativas, pues existe una prohibición total», sostienen.
«En conclusión -zanjan los jueces- entendemos que la resolución administrativa (de la Administración autonómica) contiene un mero cumplimiento nominal de la doctrina fijada por esta Sala en su sentencia del 19 enero de 2005, pero sustancialmente se mantiene la misma limitación que se contenía en la resolución que ya fue anulada». A partir de este momento, todos los aspectos contenidos en los dos fallos judiciales tendrán que ser tenidos en cuenta por el Gabinete de Patxi López para definir las medidas especiales de tráfico para 2012. Todos los años, en diciembre, el Departamento de Interior emite la correspondiente orden en la que aparecen reflejadas todas las limitaciones que afectarán a las carreteras del territorio.
Fiesta nacional francesa
En la actualidad y hasta el próximo 2 de octubre, por ejemplo, los vehículos pesados no pueden circular por la A-8 en sentido Cantabria, entre los túneles de Malmasin y hasta pasado el barrio Kobaron de Muskiz, entre las 10.00 y las 14.00 horas. En dirección a Francia y en el mismo tramo, el veto se mantiene entre las 16.00 y las 22.00 horas. La orden aprobada por Interior para 2011 fija también limitaciones en la autopista que enlaza Bizkaia y Cantabria para los días 20, 21 y 25 de abril; 1 y 8 de mayo; 2 y 13 de junio; 14 (fiesta nacional francesa) 23 y 29 de julio; 12, 15, 28 y 31 de agosto; 7, 8, 12, 21, 22, 25, 28 y 29 de octubre; 1 y 11 de noviembre; y 2, 3, 8, 23, 25 y 30 de diciembre.
Asimismo también hay que tener en cuenta que la Dirección General de Tráfico (DGT) limita, desde 2008, el paso de tráilers entre Laredo y Castro, en dirección a Bilbao, durante la estación estival, los domingos por la tarde y los festivos. Este año será hasta el próximo 18 de septiembre. El objetivo de la medida es evitar las importantes atascos que se forman en la autopista y que atrapan a las miles de personas que regresan a Bizkaia desde sus segundas residencias en localidades como Noja o Santoña.
En sus dos recientes sentencias, el Tribunal Supremo reconoce que la DGT sí tiene competencia para llevar a cabo una prohibición en la circulación cuando afecta a dos provincias. En este sentido, considera que la Ley de Tráfico habilita al organismo dependiente del Ministerio del Interior, pero no así al Gobierno vasco.
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