El tripartito de Laredo vulneró el derecho a la participación política de los concejales de la oposición
El Tribunal Superior de Justicia declara nulos de pleno derecho los decretos de Alcaldía de 17 de marzo (apartado sexto) y 20 de abril de 2020
Abel Verano
Santander
Miércoles, 5 de mayo 2021, 12:34
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) considera que el equipo de gobierno de Laredo (PSOE-PRC-SSPL) ... «vulneró el derecho a la participación política» de los concejales de la oposición (PP, Hacemos Laredo y Unidos x Laredo) tras declarar nulos de pleno derecho los decretos de Alcaldía de 17 de marzo (apartado sexto) y 20 de abril de 2020, emitidos con motivo de la pandemia y el estado de alarma.
El decreto de Alcaldía de 17 marzo, acordaba en su apartado sexto «(...) suspender la celebración de las reuniones o sesiones de los órganos colegiados en sesión ordinaria, incluidas las mesas de contratación que deban desarrollarse durante el periodo en que esté en vigor el estado de alarma hasta cuando la situación epidemiológica pase y no exista peligro para la salud pública». Frente a este decreto, la oposición formuló recurso de reposición, que fue desestimado por el decreto de Alcaldía de 20 de abril de 2020, lo que llevó a los recurrentes a presentar un nuevo recurso, esta vez al Juzgado de lo Contencioso, que les dio la razón.
Después, el Ayuntamiento pejino apeló y ahora la Sala concluye, por un lado, que el tripartito de gobierno vulneró el derecho de participación política de los ediles de la oposición por «acordar la suspensión de la celebración de los órganos de gobierno colegiados desde el 17 de marzo hasta el 30 de abril de 2020».
Por otro lado, el tribunal revoca el pronunciamiento de la sentencia de primera instancia sobre la vulneración del derecho fundamental a la participación política por haber convocado sesiones de los órganos de gobierno municipal de forma presencial sin ofrecer medios telemáticos. «El decreto de Alcaldía de 20 de abril de 2020 sí refleja que opta por el ofrecimiento de dichos medios técnicos, aunque muestre determinadas reservas», asevera la Sala.
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