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La cesta es sagrada

La cesta es sagrada

Lo dice el Tribunal Supremo: las empresas que antes de la crisis realizaban ese obsequio a sus empleados por Navidad deben recuperarlo. «Es un derecho adquirido», falla

Icíar ochoa

Viernes, 9 de diciembre 2016, 18:38

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Es usted uno de los empleados a los que su jefe solía felicitar la Navidad con un kit de polvorones, bonito en conserva, aceitunas, lomo embuchado, un par de botellitas de vino y una de cognac, hasta que hace unos años puso la orden en suspenso con el pretexto de la crisis, y desde entonces se ha quedado compuesto y sin cesta? Pues ya puede ir reclamándola. El Supremo le cubre las espaldas. El más alto tribunal de España ha dictado una sentencia firme, inapelable y que sienta jurisprudencia, en la que falla que las empresas que acostumbraban a realizar ese obsequio a sus trabajadores por estas fechas deben mantenerlo (o, en su defecto, recuperarlo), dado que se trata de un «derecho adquirido» por parte de la plantilla. Así lo explicitan los magistrados en un escrito de resolución firmado en abril y que salió ayer a la luz.

Desde que en 2008 las turbulencias de los mercados se convirtieron en una profunda desaceleración económica de talla planetaria, este tradicional aguinaldo con raíces romanas e instalado en las compañías nacionales desde mediados del siglo pasado cayó en picado, hasta desaparecer en muchas firmas y poner al sector contra las cuerdas. Muchos empleados aceptaron el recorte como un mal menor en una coyuntura de vacas flacas. Otros, por contra, decidieron pelear por la cesta y han ganado. Es el caso de los sindicatos de una compañía asturiana, que hace tres años pusieron el asunto en manos de la justicia y han conseguido que el mismísimo Tribunal Supremo les dé la razón.

Un sector víctima del «chocolate del loro»

  • La crisis económica puso las cosas tan mal que en diciembre de 2010 un amplio grupo de empresas dedicadas a la producción de obsequios navideños creó la Plataforma Cestas y Lotes de Navidad. Fue un grito de auxilio con el ánimo de «sensibilizar a instituciones, sindicatos y empresas para que sigan ofreciendo a sus clientes y trabajadores un tradicional regalo que repercute en el consumo de productos nacionales y genera cientos de miles de empleos», según el texto fundacional de la asociación. En el año 2007, algo más del 40% de los trabajadores españoles por cuenta ajena recibía una cesta de Navidad. Con el inicio de la recesión el porcentaje fue decreciendo de forma progresiva hasta tocar suelo en 2012. Ese invierno el volumen de producción y facturación medio del sector cayó en más del 50% en relación al de cinco años antes. La firma levantina Grupo Disber, líder del negocio, redujo su fabricación a una tercera parte, pasando de distribuir 1,4 millones de lotes anuales a apenas 500.000. Y un dato más alarmante en ese mismo espacio de tiempo quebró un tercio de estas compañías. Nada menos.

  • La situación comenzó a reconducirse tímidamente hace cuatro años y adquirió un tono de cierto optimismo en 2014. Tras una larga travesía por el desierto y reducir precios para mantenerse a flote quien lo haya conseguido, ahí se fecha el inicio de la progresiva recuperación. Buena noticia porque, según los datos oficiales, las empresas involucradas en el sector alcanzan una cifra de negocio de más de 15.000 millones de euros anuales y comercializan en torno a 8 millones de lotes por temporada. La Comunidad Valenciana aglutina casi el 70% de esta actividad en España.

  • Tradición e ilusión

  • Se espera que la nueva doctrina del Supremo conocida ayer incremente una tendencia alcista que está corrigiendo la «eliminación del chocolate del loro». Así califica la generalizada decisión de eliminar las cestas navideñas el propietario de una firma vizcaína dedicada a la comercialización de estos productos. «En nombre de la crisis económica, lo que se ha hecho ha sido racanear», reitera este empresario, que prefiere mantenerse en el anonimato. Un hombre que, después de treinta años de experiencia, habla con auténtica pasión de su trabajo, porque «la palabra regalo encierra algo muy profundo ilusión, tradición, fiesta...».

  • Él y sus competidores estarán de enhorabuena si se cumplen las previsiones que calculan que la venta de cestas y lotes experimentará este mes un incremento del 20% respecto a diciembre del año pasado. Ya en 2015 el aumento registrado fue del 30% y en 2014, del 10% sobre la campaña anterior. El empleo estacional en esta actividad se multiplica hasta por seis.

El litigio entre las centrales y los patronos se desató en junio de 2013. En ese año, las factorías Mecalux y Esmena, dedicadas a las estanterías metálicas y a los sistemas de almacenaje, se fusionaron y sus responsables decidieron suprimir la cesta de productos navideños para el personal técnico y administrativo, a causa de las dificultades financieras que atravesaban. De ese recorte dejaron exentos a los trabajadores de taller, «dado que ellos tenían reconocido el derecho a ese obsequio en el convenio colectivo de empresa», recoge la sentencia. Descontentos con la medida, los empleados afectados plantearon un recurso ante los tribunales que ha llegado al final de su recorrido en la más alta instancia judicial con un dictamen a su favor.

Los jueces entienden que la fusión de ambas empresas una de las cuales solía dar cestas y la otra no «no altera la naturaleza del beneficio, su carácter de condición más beneficiosa, ni permite que pueda ser suprimido de forma unilateral». Por ello, dictamina que «se han de respetar las condiciones de las que disfrutaban los trabajadores, mientras que no se proceda a la suscripción de un pacto colectivo que sea más favorable o a una modificación sustancial de condiciones de trabajo, o a un pacto novatorio».

Los magistrados van más lejos y consagran esta retribución que en el caso estudiado tenía un valor de 66 euros incluso en el caso de que la compañía alegue que no puede seguir ofreciéndola porque atraviesa un momento económico delicado. Considera que, «si se venía repitiendo en el tiempo, el beneficio de ese obsequio constituye un derecho adquirido de los trabajadores y, como tal, debe respetarse». Recuerda, asimismo, que al tratarse de una concesión de carácter colectivo, su modificación o supresión no se puede efectuar de forma unilateral, sino a través de un nuevo acuerdo, como establece el Estatuto de los Trabajadores.

Donde dije digo...

No es la primera vez que el Tribunal Supremo se pronuncia al respecto de las cestas de Navidad. Hace veintidós años, en concreto, en abril de 1994, dictó un fallo que sostenía exactamente lo contrario. Es decir, que las compañías no estaban obligadas a mantener ese obsequio, dado que se trataba de un «acto de liberalidad». En concreto, los jueces de entonces argumentaron que «la cesta de Navidad no es salario porque no se integra en la contraprestación que se da en el contrato de trabajo». Por ello, resolvieron que «las bolsas y los regalos navideños no retribuyen el trabajo, sino que son obsequios en consideración a las fiestas tradicionales y no son jurídicamente exigibles».

El cambio de 180 grados protagonizado ahora por el Supremo encaja con la doctrina que los tribunales españoles vienen imponiendo en los últimos años en beneficio de los trabajadores. Es el caso del derecho a disfrutar de un descanso por bocadillo como tiempo de trabajo efectivo, validado también por el alto tribunal en 2015; el de una comida en el centro de trabajo por día trabajado, refrendado hace menos de un año por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía; el de la puesta a disposición del personal de fuentes de agua mineral embotellada a dos temperaturas, repartidas en centro de trabajo y salas, decretado por el TSJ de Castilla y León en la Navidad de 2015; o el derecho a utilizar y disfrutar de un televisor en el comedor durante el almuerzo, validado por el TSJ de Canarias en agosto de 2014.

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