El acusado de agresión sexual a sus dos sobrinas menores paga 55.000 euros y le bajan la pena de 18 a 6 años
El procesado ha reconocido los hechos en el juicio celebrado este lunes a puerta cerrada y la Fiscalía le ha aplicado la atenuante muy cualificada de reparación del daño | La Audiencia le ha condenado con sentencia firme de viva voz
El hombre acusado de agredir sexualmente a sus dos sobrinas desde que tenían siete años hasta que les vino la menstruación ha reconocido esta mañana ... los hechos, ha consignado los 55.000 euros de indemnización por daño moral que reclamaban ambas y la Fiscalía le ha rebajado la pena de 18 a 6 años de cárcel, que son los que ha impuesto la Audiencia Provincial, de viva voz, mediante una sentencia que es firme.
El juicio, a puerta cerrada, no ha llegado a celebrarse como consecuencia del acuerdo de conformidad alcanzado por las partes. Tras anunciar la consignación de los 55.000 euros, el acusado se ha declarado culpable de todos los hechos y el Ministerio Público ha modificado su escrito de calificación incorporando la atenuante muy cualificada de reparación del daño. Eso ha supuesto que rebajara la pena de 12 a 4 años y medio de cárcel respecto a los hechos que afectan a una sobrina y de 6 a un año y medio, en el caso de la otra.
De esta forma, el tribunal da por probado que el acusado aprovechaba que su sobrina, de siete años, acudía a su domicilio y se quedaba de forma habitual a pasar los fines de semana con él y con su mujer «para realizarla tocamientos». «Con claro ánimo libidinoso y de atentar contra la libertad sexual» de la menor, «aprovechando que su mujer se había ausentado del domicilio o dormía profundamente», entraba en el dormitorio donde dormía la niña y «le realizaba tocamientos por todo el cuerpo por debajo de la ropa hasta llegar a sus genitales».
El condenado estuvo realizando estos hechos desde que la menor contaba con siete u ocho años de edad hasta que tuvo la menstruación, «sirviéndose de la relación de parentesco existente entre ellos y diciéndole que no lo contara porque era un secreto entre ellos». Fruto de estas acciones, la menor presentó un cuadro agudo reactivo de tipo ansioso-estresante y actualmente tiene rasgos de personalidad de evitación y rechazo a las relaciones interpersonales.
Cuando la menor dejó de ir a casa del acusado, su hermana –cinco años más pequeña- empezó a la edad de siete años a acudir a la vivienda de sus tíos, con los que se quedaba a dormir de forma habitual. El acusado procedió de forma similar, si bien en este caso obligaba a la niña a masturbarle y a hacerle felaciones, llegando incluso a introducirle dedos en la vagina.
El procesado realizó estos hechos de forma reiterada hasta que la menor tuvo la menstruación y que le decía «que no contara lo que ocurría porque nadie lo podía saber, dado que era un juego exclusivo de ellos dos».
A consecuencia de ello, la menor presentó un cuadro afectivo reactivo de componente ansioso y de evitación, acudiendo a urgencias en varias ocasiones por cuadros clínicos inespecíficos compatibles con episodios de somatización. Actualmente persiste un estado ansioso con somatizaciones cuando se expone a reuniones familiares, comentarios…
Los hechos constituyen dos delitos continuados de abusos sexuales a menor de trece años con abuso de superioridad, y en el segundo caso además con acceso carnal. Además de la pena de cárcel, la Audiencia impone al acusado una pena de alejamiento y prohibición de comunicar con las denunciantes durante veinte años –siete años respecto de la mayor y trece años respecto de la menor- así como diez años en cada caso de libertad vigilada tras la finalización de sendas penas privativas de libertad.
La responsabilidad civil por los daños morales causados y las secuelas psicológicas que actualmente padecen las dos chicas ha quedado resarcida antes del juicio.
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