El TSJC acuerda que el contrato del transporte aéreo para rescates se divida en lotes
El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha estimado parcialmente el recurso presentado por la Asociación Española de Compañías Aéreas de Helicópteros y Trabajos ... Aéreos y ha acordado que el contrato del transporte aéreo para salvamento y rescate se divida en lotes. En su recurso, la asociación pedía que se declarasen nulas algunas determinaciones de los pliegos de contratación de dicho servicio, y en la sentencia, dada a conocer este viernes, la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC anula la decisión incorporada a los pliegos de no dividir en lotes el objeto de la contratación, una de las determinaciones que la recurrente impugnaba.
El tribunal no estima, sin embargo, la pretensión de la asociación de que se anulase la exigencia de que los helicópteros que presten el servicio cuenten con un rotor de un mínimo de cuatro palas o que los pilotos y copilotos tengan una experiencia mayor que la exigida por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea.
En su sentencia, el TSJC explica que no dividir en lotes un objeto de contratación es una excepción, ya que la norma completa es que «si el objeto del contrato es divisible, hay que dividirlo en lotes, salvo que se acredite con suficiencia que concurre algún motivo que justifique la no división».
Recuerda asimismo que la regla de dividir en lotes tiene como fin último «cuidar del principio de libre competencia» y «velar por su consecución», por lo que en este caso la división «facilitaría la concurrencia de licitadores que no son capaces de realizar alguna de esas funciones, porque no disponen de todas las autorizaciones ni de los dos tipos de helicópteros».
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