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Interior de un centro logístico de Lupa. Andrés Fernández
Lupa tendrá que pagar un mínimo de 250 euros más al mes a 200 almacenistas al aplicarles el convenio correcto

Lupa tendrá que pagar un mínimo de 250 euros más al mes a 200 almacenistas al aplicarles el convenio correcto

El TSJC confirma una sentencia del Juzgado de lo Social que ya había reconocido este derecho a parte de la plantilla

Violeta Santiago

Santander

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Miércoles, 30 de junio 2021, 14:19

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El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha confirmado una sentencia del Juzgado de lo Social que obligaba al grupo empresarial Semark, propietario de los supermercados Lupa, a aplicar a su personal de almacenes el convenio colectivo de Almacenistas de Coloniales y no el de Detallistas de Alimentación. Al tener que pasar a sus empleados al convenio que mejor se ajusta a sus características laborales, la empresa de distribución tendrá que pagar un mínimo de 250 euros más al mes (es decir, unos 3.000 euros anuales más) a cada uno de los trabajadores, según han señalado fuentes de UGT. También mejorarán sus condiciones sociales y laborales.

El TSJC ratifica así la sentencia dictada el pasado mes de febrero por el Juzgado de lo Social número 4 de Santander, que estimó una demanda interpuesta por la sección sindical de la Federación de Servicios, Movilidad y Consumo (FeSMC) de UGT a la que luego se adhirió CCOO. Dicha sentencia estimaba la aplicación del convenio colectivo regional de Almacenistas de Coloniales a más de 200 trabajadores de los almacenes, aunque mantenía a algo más de un centenar de empleados de las oficinas en el convenio de Detallistas de Alimentación de Cantabria.

La resolución del Juzgado de lo Social ahora avalada por el TSJC también se vinculó a otro fallo judicial anterior de diciembre de 2001 que desestimó la aplicación del convenio colectivo solicitado por los sindicatos para los trabajadores de almacenes y oficinas de Semark en el Polígono de Raos porque consideraba que su actividad era «la explotación de supermercados» y el convenio de aplicación era el de Detallistas de Alimentación.

Sin embargo, el Juzgado de lo Social estimó que, desde que el grupo empresarial Semark inauguró su nuevo centro logístico en Orejo (Marina de Cudeyo), éste «denota un funcionamiento autónomo del almacén que permite calificarlo como un centro de trabajo» y, por tanto, allí es de aplicación del convenio colectivo de Almacenistas de Coloniales de Cantabria.

La Federación de Servicios, Movilidad y Consumo de UGT, que ha dado a conocer la sentencia del TSJC, se ha congratulado de que el tribunal desestime el recurso interpuesto por Semark y «permita aplicar a los trabajadores de almacenes el convenio colectivo que les corresponde por su propia actividad profesional».

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