El juez del Supremo imputa a Cerdán y le cita el lunes 30 de junio
El instructor cita del 4 al 7 de julio a los cinco empresarios señalados por el presunto amaño de obra pública, analiza 11 contratos licitados por ADIF y Carreteras y reclama a la UCO la escritura privada que vincula a Cerdán con una sociedad investigada
El juez del Tribunal Supremo que instruye el 'caso Koldo' ha imputado a Santos Cerdán y le ha citado el próximo 30 de ... junio. La decisión de Leopoldo Puente se conoce después de que la defensa del ya investigado solicitase posponer su interrogatorio del próximo miércoles día 25 a cualquier fecha del mes de julio, con el argumento de que la causa es muy vasta y no dispone de tiempo suficiente para prepararla. Pero finalmente comparecerá el lunes día 30.
El magistrado de la Sala Penal ha dictado hoy un auto de 46 folios en el que, además, autoriza a la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil a investigar cuentas y productos bancarios en los que el exsecretario de Organización del PSOE figura como titular, autorizado o representante, «con exclusión de las vinculadas al PSOE y a la Fundación Pablo Iglesias, así como bienes inmuebles o vehículos». También se requiere información tributaria del investigado para conocer su situación financiera y la evolución de la misma.
La investigación de cuentas bancarias, tal como solicitó la UCO en su informe de 5 de junio, se extiende a cuentas y productos bancarios de cinco empresarios, que además son citados como investigados, y de sus empresas. En total, el número de cuentas bancarias que se van a investigar son cerca de 500. Del mismo modo el instructor requiere al ministro de Transportes para que facilite a los agentes de la UCO el acceso y clonado de los contenidos que pudieran hallarse en la cuenta de correo electrónico corporativa de uso personal exclusivo del exministro Ábalos.
La resolución dictada este viernes recoge una batería de diligencias del juez acordadas tras recibir peticiones de la UCO, como fuerza policial encargada de la investigación, a raíz de su informe de 5 junio y una vez que Santos Cerdán renunció al acta de diputado y por tanto a su aforamiento. En primer lugar, indica que su declaración ya no será voluntaria, sino que será «preceptiva y en calidad de investigado (…), teniendo lugar tras la misma, comparecencia al efecto de ponderar la adopción de medidas cautelares de naturaleza personal respecto a él». En cualquier caso, pospone la fecha de la declaración, tal como había solicitado la parte, al 30 de junio para que su nuevo abogado tenga tiempo para desarrollar su defensa eficazmente.
El juez explica que la competencia del Tribunal Supremo para investigar estos hechos se sustenta en el aforamiento de Ábalos como diputado, que extiende su jurisdicción a todas las personas a las que se les imputaran hechos inescindiblemente vinculados a los atribuidos al exministro. Considera que éste es el caso de Santos Cerdán quien, conforme resulta de los consistentes indicios recogidos en el informe de la UCO, «pudiera haber participado, actuando con el aforado, en la percepción de premios económicos a cambio de concesiones irregulares de obras públicas, al punto que pudiera ser éste, don Santos Cerdán quien se encargara de distribuir entre los diferentes partícipes las cantidades recaudadas».
Declaraciones de los empresarios
Asimismo, el instructor acuerda citar entre el 4 y el 7 de julio, con la condición de investigados, a cinco empresarios: Antonio y Daniel Fernández (Construcciones OPR), Fernando Merino (Acciona), José Ruz (Levantina) y Antxon Alonso (Servinabar), como personas que, «en su condición, al menos, de administradores de hecho de determinadas entidades mercantiles, habrían podido intervenir en la indebida adjudicación en favor de éstas de concretas obras públicas a cambio de precio».
Añade el juez que «tratándose de personas que, siempre en los términos indiciarios que corresponden a la fase procesal en la que nos encontramos, pudieran haber participado en la realización de pagos que, en parte, habría podido recibir la persona aforada en esta causa especial, la conducta de aquellos aparecería también indisociablemente unida a la de éste, debiendo quedar incorporados, en la referida condición de investigados, a la presente causa especial».
Respecto a ellos, también accede a la petición de la UCO de requerir la información bancaria con relación a las cuentas o productos que aparezcan a nombre de cualquiera de los mencionados investigados o al de las empresas, en cuyo beneficio podrían haber actuado los principales investigados, así como a nombre de la fundación Fiadelso, estrechamente vinculada a Ábalos.
Isabel Pardo de Vera y Javier Herrero, posibles investigados
El instructor señala que el informe policial identifica también las obras que, durante el periodo en el que Ábalos fue ministro de Transportes, pudieron haber sido adjudicadas irregularmente. Con el fin de profundizar en el modo en que se produjeron dichas adjudicaciones, en el auto acuerda requerir a Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) y a la Dirección General de Carreteras para que le remita, en un plazo máximo de 15 días, los expedientes de adjudicación de diversas obras.
En concreto, solicita toda la documentación relativa a la licitación de ADIF en San Feliú de Llobregat, El Mayor, Murcia, Monforte y Asturias y de seis a la Dirección General de Carreteras: Logroño, Sevilla, Asturias, Úbeda, Teruel, Camino de Santiago. El magistrado explica que, a su juicio, resultan «indicios consistentes» respecto a que la entonces presidenta de ADIF Pardo de Vera y el exdirector general de Carreteras Javier Herrero «hubieran podido prestar, en el marco de las indebidas adjudicaciones», asistencia a Ábalos, a través de Koldo, «para que las adjudicaciones proyectadas por ellos pudieran llegar a buen término», facilitando de manera inmediata la información conveniente que obraba en los diferentes expedientes, o la salida a licitación de otros, siguiendo las directrices que el ministro, a través de su asesor, les impartía.
Sin embargo, considera que las conductas de estas dos personas, por ser instrumentales o accesorias a la finalidad esencial perseguida indiciariamente por el aforado, no deben investigarse en el Supremo, de modo que acuerda deducir testimonio al Juzgado Central de Instrucción número 2 de la Audiencia Nacional (investiga otra parte del 'caso Koldo) para que resuelva, si lo considera justificado, investigar los hechos incluidos en el citado informe relativos a ambos.
La escritura privada de Cerdán
Finalmente, el instructor rechaza la petición de la defensa de Cerdán de requerir a la UCO para que «inmediatamente» aporte el original del documento privado incautado en el registro del empresario Antxón Alonso de compraventa de participaciones sociales de la empresa Servinabar. El juez recuerda que dicho hallazgo se refleja en el atestado de 12 de junio de 2025, donde se señala que dicha escritura privada está firmada entre Alonso (en condición de administrador único de Servinabar 2000) y Santos Cerdán, y que el primero transfiere al segundo 1350 participaciones sociales de las 3000 que constituyen la sociedad.
Asimismo, explica que la defensa de Cerdán hacía su requerimiento para poder «acudir a la notaría pertinente a cotejarlo y de poder declarar sobre el mismo». Y el instructor contesta al respecto: «Es claro que el investigado dispone, y dispondrá siempre a lo largo del procedimiento, del derecho a no declarar, pero no lo es menos que mal podría cotejarse notarialmente un documento privado. En cualquier caso, ofíciese a la unidad actuante para que aporte con urgencia, siempre con carácter previo a la fecha señalada para la declaración del investigado, a las actuaciones una copia de dicho documento».
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