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Decidir qué

Juicio del 'procés' ·

Si hay un grupo de políticos sentados en el banquillo no es por lo que piensan ni por lo que quieren, sino porque la policía ha reunido numerosos indicios de que decidieron lo que la ley prohibía

Lorenzo Silva

Martes, 12 de febrero 2019, 19:54

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Los líderes independentistas desplazados a Madrid para el arranque del juicio del 1-O nos han facilitado, seguramente sin querer, una pista clave para interpretar el penoso embrollo que ha terminado fracturando Cataluña, debilitando al conjunto de España y sometiendo a un grupo de personas a la acción de la justicia, con privación de libertad para parte de ellos. Ha venido a resumirse en esa pancarta tras la que se han fotografiado en las inmediaciones del Tribunal Supremo, con una leyenda que presenta firme candidatura a incorporarse a la historia universal de las perturbaciones cognitivas: «Decidir no es delito».

Vamos a ver: pues claro que decidir puede ser delito. Hay decisiones que lo son en todo caso, por ejemplo la de separarle violentamente la cabeza del tronco a una persona. Otras que lo son en función del contexto, por ejemplo, la de ir a un cajero a sacar dinero con una tarjeta: despenalizada si la tarjeta es la de uno, pero penada con prisión si la tarjeta es de otro y el código secreto lo hemos obtenido poniéndole una navaja en el gaznate. Es incluso difícil imaginar decisiones que nunca van a implicar delinquir, porque hasta la más inofensiva puede revestir carácter criminal si se toma con el afán de dañar o coaccionar a otro. El olvido por parte del independentismo embriagado por su propia propaganda de la transitividad de ese verbo que repite como un mantra está en la raíz de muchos de sus males y desatinos.

Si hay un grupo de políticos sentados en el banquillo no es por lo que piensan ni por lo que quieren, sino porque la policía —en este caso, la Guardia Civil— ha reunido numerosos indicios de que decidieron lo que la ley prohibía, desencadenando con ello situaciones que pueden encajar en tipos penales. Sólo son indicios, por ahora, y para eso están justamente los juicios, para confirmarlos o no; pero la gravedad de los delitos imputados no les deja a los tribunales otra que indagarlos y examinarlos.

Dicho lo anterior, nadie debería recrearse en el deseo de que a los imputados se les acabe imponiendo la pena más dura posible. Al contrario: en el proceso penal rige la presunción de inocencia y el principio in dubio pro reo, es decir, que si existe duda sobre la aplicación de alguno de los tipos penales en litigio, lo saludable y correcto en buena técnica jurídica es no apreciarlo y hacer una calificación más benigna. Y nadie se olvide de que los imputados —y lo que es más importante, los dos millones de personas que les votan— seguirán siendo españoles y habrá que encontrar un arreglo para seguir caminando juntos; un arreglo para el que nada va a ayudar cualquier clase de ensañamiento.

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